El Supremo mantiene a Diego Torres en segundo grado y no puede beneficiarse del régimen de semilibertad del artículo 100.2
El exsocio de Urdangarin recurrió la negativa de su clasificación al tercer grado, el régimen abierto.
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MADRID,
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que rechaza un recurso de Diego Torres, exsocio de Iñaki Urdangarin, de tal manera que la consecuencia es que el recluso continúa en segundo grado y no puede beneficiarse del sistema mixto de semilibertad del artículo 100.2 del régimen penitenciario y que barajan los condenados del ‘procés’ para salir de la cárcel.
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La decisión del alto tribunal se basa en que hay una “ausencia de datos” en la solicitud de Torres, de tal manera que la Audiencia de Palma de Mallorca no pudo adoptar otra decisión que mantenerlo en el segundo grado en el que estaba. Además, tampoco había transcurrido suficiente tiempo en prisión como para solicitarlo.
La sentencia confirmada ahora es del 14 de diciembre de 2018, y el Supremo deja claro que no es su competencia dictaminar los beneficios penitenciarios que puede solicitar el recluso, sino resolver si la decisión que adoptó la Audiencia de Palma hace un año fue correcta.
El Supremo zanja que dicho tribunal tuvo una falta de información suficiente y no existió una propuesta del equipo técnico de la prisión. No es, por lo tanto, una discrepancia de fondo respecto a los autos de contraste que aportó su defensa para tramitar el recurso de casación.
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Diego Torres fue condenado a cinco años y ocho meses de prisión en el caso de corrupción Nóos y pedía su clasificación en el tercer grado, que supone un régimen de libertad donde los presos sólo acuden a la cárcel a dormir.
El exsocio del marido de la infanta Cristina de Borbón cumple el primer cuarto de su condena en la cárcel Brians 2 de Barcelona. Fue condenado por los delitos de prevaricacion, fraude y malversacion de caudales públicos.
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Desde el pasado mes de septiembre, Iñaki Urdangarin sale dos veces por semana de la cárcel para colaborar en labores de voluntariado en un hogar religioso de Pozuelo de Alarcón (Madrid). Este beneficio lo logró al amparo del artículo 117 del reglamento penintenciario.
La Fiscalía se ha opuesto a ampliar en un día más las salidas semanales de la cárcel del cuñado de Felipe VI. Urdangarin fue condenado a cinco años y diez meses de prisión por los delitos de malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico influencias.