El Supremo desestima el recurso del juez Alba para anular su condena e inhabilitación
El Alto Tribunal ha ratificado la condena de seis años y medio de prisión y de 18 años de inhabilitación al magistrado por confabular contra Victoria Rosell. También deberá pagar 60.000 euros a la víctima en concepto de daños morales.
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madrid, Actualizado:
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el juez Salvador Alba con el que pretendía anular la sentencia por la que se confirmó su condena de seis años y medio de prisión y de 18 años de inhabilitación por confabular contra la jueza Victoria Rosell cuando era diputada de Unidas Podemos.
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En concreto, la Sala de lo Penal ha ratificado la sentencia que el Supremo emitió el 17 de noviembre avalando de nuevo la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que en 2019 condenó a Alba por delitos de prevaricación judicial en concurso con cohecho -por lo que se le condenó a tres años de prisión- y falsedad en documento público -por lo que fue condenado a tres años y medio de cárcel-, según un auto al que ha tenido acceso Europa Press.
Del mismo modo, el Alto Tribunal mantiene la pena de 18 años de inhabilitación especial para el cargo público de juez o magistrado, así como el pago de 60.000 euros a Rosell en concepto de daños morales. En la sentencia del TSJ de Canarias ya se le eximió de los delitos de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos y de revelación de secretos.
En el recurso presentado el pasado 13 de enero, Alba alegaba una vulneración del derecho a la tutela judicial al considerar que en la sentencia del Supremo no se daba respuesta a varias cuestiones que planteó en su recurso anterior. Sin embargo, los magistrados han asegurado que sí se les dio "respuesta expresa" en la resolución recurrida.
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Alba fue condenado por delitos de prevaricación judicial en concurso con cohecho y falsedad en documento público
En este nuevo escrito, además, Alba solicitaba la suspensión de la ejecución y eficacia de la sentencia para evitar que el incidente de nulidad que promovió pudiera perder su finalidad. El Supremo ha recordado que, tal y como recoge la Ley Orgánica del Poder Judicial, la regla general es que, admitido a trámite el incidente, no quedará en suspenso la ejecución y eficacia de la sentencia.
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El Alto Tribunal ha precisado, además, que en este nuevo recurso "no se alegaron expresamente razones que apoyaran la posibilidad de pérdida de la finalidad del incidente". Han explicado, a su vez, que dada la "previsible celeridad de la tramitación, la gravedad de las penas impuestas y las alegaciones" de Alba, "no resultaba urgente ni necesaria la suspensión que se solicitaba".
En el marco de la resolución, los magistrados han indicado que su decisión "pone término al presente incidente" y "deja sin objeto la petición". Ello sin perjuicio de que, en el ámbito del recurso de amparo, el Tribunal Constitucional resuelva lo que considere procedente.
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Paralizado su ingreso en prisión
Mientras el Supremo resolvía sobre el recurso de Alba, el TSJ canario dictó una providencia en la que suspendió el plazo para que el juez ingrese voluntariamente en prisión hasta resolver su situación médica.
En el marco de la providencia, el tribunal -atendiendo a la documentación médica acompañada y "sin prejuzgar su veracidad intrínseca"- solicitó informe a la directora del Instituto de Medicina Legal y Forense de Las Palmas de Gran Canaria. Hasta que se emita dicho informe y se resuelva por la Sala, permanece suspendido el plazo para el ingreso voluntario en prisión.