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El Supremo anula los peajes de acceso a la electricidad de 2013

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El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de Gas Natural y anula un artículo de la orden del Ministerio de Industria que anula los costes del peaje de acceso para el año 2013.En concreto, la sala de lo Contencioso-Administrativo anula el artículo 9.1 por no incluir en los costes del peaje de acceso los suplementos territoriales que están contemplados en la legislación eléctrica.

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La Sala resuelve que Industria debió de incluir en la Orden de peajes de 2013 los suplementos implantados en cada una de las comunidades autónomas "de modo que los consumidores ubicados en ellas sufragas en los costes derivados de las decisiones de sus propios órganos administrativos". El Supremo destaca que en la primera versión de la orden, la propuesta de la Secretaria de Estado de Energía incluía una partida de 200 millones de euros de ingresos sobre esos tributos autonómicos. Pero esta partida desapareció en la versión final de la Orden

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Los suplementos territoriales están regulados en el artículo 17 de la Ley del Sector Eléctrico de 1997, según la redacción dada por decreto-ley de 2012. Dicho artículo incumplido por el Gobierno establece que "en caso de que las actividades o instalaciones destinadas al suministro eléctrico fueran gravadas, directa o indirectamente, con tributos propios de las comunidades autónomas o recargos sobre tributos especiales, al peaje de acceso se le incluirá un suplemento territorial que cubrirá la totalidad del sobrecoste provocado por ese tributo o recargo y que deberá ser abonado por los consumidores ubicados en el ámbito territorial de la respectiva comunidad autónoma".

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