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Sentencia del Supremo Los 'ajustes de cuentas', dardos y halagos del tribunal de Marchena en la sentencia del 'procés'

Contiene dardos para el Gobierno de Mariano Rajoy, Irene Lozano, Vox, los policías y los ciudadanos que declararon como testigos del 1-O, e incluso los dirigentes independentistas procesados. La sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal ajusta cuentas con diversos actores, estén más o menos relacionados con la hoja de ruta independentista. 

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El juez del Tribunal Supremo Manuel Marchena en el Palacio Real de Madrid durante la celebración de la Fiesta Nacional del 12 de octubre. - EFE

MADRID,

Las perlas de Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, le granjearon innumerables titulares durante la celebración del juicio oral a la cúpula del procés catalán. Siguiendo esta línea, la sentencia condenatoria dada a conocer este lunes recoge nuevas frases llamativas del presidente del tribunal del procés, el responsable de redactarla. Este es un repaso a algunas de esas frases, a los halagos que recoge y a los ajustes de cuentas que incluye entre sus páginas. 

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El "insuficiente control" de Rajoy sobre las finanzas de la Generalitat

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El Supremo reserva uno de sus dardos para el Ejecutivo de Mariano Rajoy, y muy especialmente para el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro: "Se acredita también la insuficiencia del control formal del Ministerio de Hacienda Pública".

La "contradicción" de declarar la independencia unilateral como estrategia para negociar un referéndum

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"Raül Romeva incurre en una llamativa contradicción cuando invoca el ejercicio del derecho de autodeterminación como presupuesto de legitimación de la consulta celebrada el 1 de octubre y, al mismo tiempo, proclama que el ejercicio de ese derecho estaba encaminado, no a hacer efectiva la creación de una comunidad soberana, sino a iniciar un diálogo con el Estado del que pretendía desgajarse. No otra cosa puede deducirse de sus palabras en el juicio oral, cuando afirmó -en respuesta a su letrado, única parte de quien admitió la formulación de preguntas- que la declaración de independencia supuso reiterar, una vez más, la necesidad de iniciar un proceso de diálogo", recoge la sentencia. 

El rechazo del tribunal alemán a extraditar a Puigdemont, "expresión de lo que puede acabar" con la euroorden

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La sentencia afirma que la decisión del tribunal de Schleswig-Holstein "de 12 de julio de 2018, por la que se rechazó la euroorden cursada con el fin de lograr la entrega a la jurisdicción española de uno de los procesados rebeldes",  Carles Puigdemont, "lejos de ser invocada como ejemplo a seguir, debería ser considerada como la expresión de lo que puede acabar con el principal instrumento de cooperación judicial para preservar los valores de la Unión."

Rechaza las quejas por las condiciones de los acusados: "Se sustituyó el bocadillo por un catering"

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La sentencia afirma que las condiciones en las que se celebró el juicio no vulneraron la libertad de los acusados. Entre otros ejemplos para argumentar esta posición, afirma que "se sustituyó el menú diario que acompaña a cualquier preso preventivo durante los días de celebración de juicio -integrado por un bocadillo y una pieza de fruta-, por un catering que incluía comida caliente, dos platos y postre".

A Puigdemont: el 155 bastó para que emprendiera "repentina huida"

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El Supremo afirma que la "conjura" de los dirigentes independentistas fue "definitivamente abortada con la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado que publicaban la aplicación del artículo 155 de la Constitución", y que esto "determinó a algunos de los procesados a emprender repentina huida".

La falta de "rigor y responsabilidad" de Irene Lozano

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Sobre las palabras de Irene Lozano a la BCC - "El hecho de que haya líderes políticos que han cometido delitos penales que estén siendo juzgados no es algo que ocurra habitualmente"-, cuando aún no había tenido lugar el juicio, la Sala sostiene que suponen una "anticipada e inaceptable afirmación de culpabilidad". "El debate sobre la procedencia de un indulto, cuando todavía ninguno de los acusados ha sido declarado culpable, es un elocuente ejemplo de falta de rigor y responsabilidad institucional".

La "correcta" actuación de Rosa Seoane, abogada del Estado

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"Su intervención en el proceso, lejos de ser perturbadora, ha sido correcta, coadyuvando al ejercicio de la acción penal, guardando además la condena homogeneidad con sus pretensiones", dice la sentencia en referencia a la Abogacía, representada por Rosa María Seoane. "Perturbadora" es, precisamente, la palabra que usa el TS al hablar de la presencia de Vox en la causa, en referencia a que los partidos puedan personarse, y no a su ideología, sobre la que no se pronuncia.

El "acreditado manejo" del abogado de Forn

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El fallo se refiere a la labor del abogado Xavier Melero, defensa de Forn, destacando una "actuación profesional expresiva de su acreditado manejo de las categorías dogmáticas que explican la estructura del delito". A Jordi Pina, abogado de Sànchez, Turull y Rull, le recuerda que durante la vista oral Marchena se refirió a él como un "letrado serio". Obvia, no obstante, que pronunció estas palabras durante una bronca a las defensas. "Si quiere, testifica usted. Esto no es serio, señor Pina", dijo. 

La afirmación de que los policías no usaron las porras, "desmentida" por las imágenes...

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La sentencia recoge que el Supremo no tuvo en cuenta para el juicio de autoría los testimonios de los cientos de testigos de defensas y acusaciones sobre la jornada del 1-O -ciudadanos concentrados para votar y mossos, de una parte, y policías y guardias civiles, fundamentalmente, de otra-, por haber presentado una versión "filtrada por una profunda carga emocional". Habla de la "memoria selectiva" de policías y ciudadanos concentrados. "La afirmación de que no se usaron las defensas [las porras] quedó, en ocasiones, desmentida por la realidad de las imágenes".

... Pero critica más a los testigos de la defensa: alguno siguió un "guion", otros fueron "complacientes"

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Se refiere al "guion" seguido por la testigo Marina Garcés, que habló sobre "su estado febril o el grado de alucinación que le produjo la prohibición jurisdiccional del referéndum del 1 de octubre". También duda de la credibilidad de los "complacientes testigos de descargo" de Carme Forcadell. De la testigo Teresa Guix, también de las defensas, dice que su "desmemoria" no es comparable" con la del testigo Mariano Rajoy.

El Supremo dispara contra los ataques a la "credibilidad del tribunal"

El tribunal se muestra especialmente combativo a la hora de responder a las recusaciones planteadas por las defensas. El Supremo destaca que se han planteado 7 incidentes de recusación contra nueve magistrados en esta causa. Habla de un tipo de recusación "concebida para laminar, mediante la insistencia, la credibilidad pública del Tribunal Supremo y su apariencia de imparcialidad". Las defensas habrían pretendido "prefabricar una apariencia de parcialidad que, mediante su reiteración pública, laminara la credibilidad de esta Sala". 

Aprecia también "una descalificación en cascada que toma como punto de partida una censura genérica de la capacidad del Tribunal Supremo para investigar y enjuiciar unos hechos sin interferencias del poder político".

Carga contra el modelo judicial que quería aprobar el Govern condenado

"La estructura orgánica del poder judicial en el nuevo escenario de la República Catalana, presentaba algunas preocupantes grietas por las que podía esfumarse toda aspiración de imparcialidad", reza el fallo.

El fallo dice que se habló de tortura el 1-O como crítica a la Fiscalía

El Supremo sostiene que las agresiones de agentes policiales a ciudadanos concentrados el 1-O no tienen nada que ver con la tortura, como planteaba la defensa de Jordi Cuixart. "La denuncia de esta vulneración está dirigida a reprochar al Ministerio Fiscal su inacción institucional a la hora de investigar las lesiones sufridas por ciudadanos catalanes que acudieron a votar el día 1 de octubre y que fueron golpeados por los agentes de orden público". 

Vox no tenía razón con el delito de organización criminal, y tampoco al señalar a Borràs

El Supremo niega que los ya condenados cometieran un delito de organización criminal, como sostenía la acusación popular del partido ultraderechista Vox, y da la razón a la defensa de Meritxell Borràs, que denunció que el partido de Santiago Abascal la acusó erróneamente por ese delito: "Con razón adujo que en el auto de procesamiento no se atribuían hechos que pudieran legitimar esta acusación".

Rufián, el "político" que "quiso hacer un discurso político" ante el tribunal

"Durante su declaración como testigo [Gabriel Rufián, portavoz de ERC en el Congreso] hubo de ser interrumpido por el presidente de la Sala al tratar de adentrarse en valoraciones políticas prescindibles para el tratamiento jurídico de los hechos. El señor Rufián es un político, que ejerce de político y que quiso formular un discurso político en el momento de su declaración como testigo. Estimar que se vulneró el derecho de un diputado a no declarar sobre sus propias convicciones ideológicas no deja de ser un despropósito", zanja la Sala. 

El "pacifismo" de Romeva "no pone en cuestión" los hechos por los que se le condena

La sentencia alaba el carácter pacifista que reivindican Romeva o Cuixart, pero, a renglón seguido, afirma que eso no "pone en cuestión el relato" que fundamenta la condena. "Ese perfil del señor Romeva es un hecho notorio que la Sala conoce, elogia y respeta. No alberga la más mínima duda acerca de su compromiso con la paz. Sin embargo, nada de eso se pone en cuestión en el relato histórico que sirve para fundamentar su condena. El juicio histórico no convierte injustamente al acusado en un hombre violento".

La "altivez" de Forcadell

El Supremo incide en que la expresidenta del Parlament desoyó las instrucciones del Tribunal Constitucional. "Implicaban la inmediata suspensión de la norma recurrida, fueron altivamente desatendidas por la acusada, que desoyó, una y otra vez, los requerimientos recibidos".  También subraya su "destacado y apasionado impulso" a las leyes de desconexión en el Parlament.

Otras frases y expresiones destacadas

"La creativa originalidad" con la que las defensas asocian "la vulneración del derecho a la libertad de un procesado y el menoscabo del derecho al descanso familiar del abogado que prepara su defensa". 

La propuesta de citar a Puigdemont como testigo: "La propuesta como testigo de quien, en la misma causa, ha sido procesado como autor de un delito de rebelión y otro de malversación, resulta extravagante. La LECrim no avala esa esquizofrenia procesal". 

"De especial plasticidad fue la evocación de la imagen de una silla vacía en la mesa en la que el señor Junqueras esperaba negociar con el Gobierno central".  

"La Sala no puede aceptar, desde luego, el derecho a decidir como termómetro de medición de la calidad democrática de una sociedad".  

"Los mandatos del Tribunal Constitucional no pueden aplazar su ejecutividad en función de los compromisos políticos del requerido".   

"El voto no tiene un efecto sanador de la ilegalidad de una desobediencia" 

"No es fácil convertir en sujetos activos de la desobediencia civil a responsables políticos incardinados en la estructura del Estado de la que aquellos forman parte; responsables políticos con capacidad normativa creadora y que se presentan, en una irreductible paradoja, como personajes que encarnan un poder público que se desobedece a sí mismo, en una suerte de enfermedad auto inmune que devora su propia estructura orgánica.  

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