Radiografía de la cúpula conservadora de la Justicia madrileña que tiene la llave de la causa contra Begoña Gómez
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con una absoluta mayoría de jueces de la Asociación Profesional de la Magistratura, de tendencia conservadora, decide si admite a trámite la querella de la esposa de Pedro Sánchez contra el juez Peinado.
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madrid,
El próximo 26 de noviembre los 5.500 jueces y juezas que hay en España están llamados a votar en las elecciones que ha convocado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para conformar las Salas de Gobierno de los 17 tribunales superiores de justicia, de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo.
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En Madrid se esperan pocos cambios, tras un lustro con una composición preeminentemente conservadora y después de algunas decisiones de calado político, como la reciente inadmisión de la querella del presidente del Gobierno contra el juez Peinado, por un presunto delito de prevaricación por la investigación a su esposa, Begoña Gómez.
Precisamente este martes el TSJM ha deliberado sobre la admisión a trámite de la querella de Begoña Gómez contra Peinado. Fuentes jurídicas señalan a este diario que se prevé la inadmisión habida cuenta del destino que corrió la de Pedro Sánchez, que era apoyada por la Fiscalía. En el caso de Gómez, el Ministerio Fiscal pide su inadmisión. La decisión del TSJ se conocerá en los próximos días.
El organigrama del Poder Judicial en Madrid tiene un claro sesgo conservador, a tenor de los datos de afiliados a las asociaciones judiciales: la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), de tendencia conservadora, es la mayoritaria entre los miembros de la Sala de Gobierno y de toda la carrera judicial.
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La Sala de Gobierno del TSJM —que es el órgano de gestión del propio tribunal, una especie de CGPJ de carácter autonómico—, se compone de diez miembros: seis de ellos natos, como el presidente del propio TSJ, y otros cuatro, que son elegidos cada cinco años por el censo de los jueces de Madrid.
En las últimas elecciones, en noviembre de 2019, la Asociación Profesional de Magistratura (APM) ganó las elecciones a la Sala de Gobierno del TSJ de Madrid, en una convocatoria en la que participó el 55,85% del censo. La APM obtuvo el 50,6 % de los votos, mientras que la candidatura conjunta de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Foro Judicial Independiente sumó el 37,28% y la Asociación Juezas y Jueces para la Democracia, el 12,12%. Esta última es la única asociación progresista de la carrera judicial.
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Un magistrado recusado por 'Gürtel'
Componen la cúpula judicial madrileña miembros destacados de la APM, como el presidente, Celso Rodríguez; María Jesús del Barco, jueza decana de Madrid y portavoz de la APM; y Juan Pablo González, presidente de la Audiencia Provincial de Madrid, un juez que estuvo recusado por Izquierda Unida para participar en el juicio de varias piezas del caso Gürtel, por su afinidad al PP. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional aceptó la recusación.
Aquello sucedió en febrero de 2018. Seis años después, justo en febrero de este año, el magistrado Juan Pablo González participó en un acto contra la ley de amnistía, como desveló Público, señalándose públicamente como un detractor de la ley del olvido de los delitos relacionados con el procés catalán.
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Bajo el lema "Asalto a la Justicia", el exministro del PP Jaime Mayor Oreja convocó en Madrid un acto para denostar la ley de amnistía, en el que participó Juan Pablo González, entre otros destacados juristas.
Bastión contra la ley del 'solo sí es sí'
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha caracterizado en los últimos años por tomar decisiones que han ido en detrimento del Gobierno de Pedro Sánchez, tanto el anterior, en coalición con Unidas Podemos, como el Ejecutivo actual.
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El TSJM fue uno de los bastiones contra la paradigmática ley del solo sí es sí, la ley de garantía integral de la libertad sexual, la norma que ponía en el centro el consentimiento de la mujer en las relaciones sexuales.
Los juzgados madrileños fueron los primeros que comenzaron a rebajar las penas a los agresores sexuales, mucho antes de que el Tribunal Supremo marcara la senda a seguir, que finalmente dio la razón a los jueces que consideraban que no había que tener en cuenta la disposición transitoria quinta del Código Penal, que impide rebajar una condena retroactivamente si también es posible imponerla con arreglo a la nueva ley.