Aún quedan tres sentencias pendientes sobre la exhumación de Franco
El Supremo debe resolver el fondo de los recursos de los monjes benedictinos, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos, una vez que levantó las suspensiones cautelares de la exhumación.
Publicidad
MADRID, Actualizado:
Todos los intentos por retrasar o impedir la salida de los restos de Francisco Franco del Valle de los Caídos han resultado frustrados y el próximo jueves será la exhumación y la posterior inhumación en el cementario del Pardo-Mingorrubio (Madrid).
Publicidad
El Tribunal Supremo aún tiene tres sentencias pendientes de resolver y un último intento de la Fundación Nacional Francisco Franco por impedir la exhumación.
Las cuatro resoluciones serán negativas, no en vano el alto tribunal ya dejó claro que el Gobierno puede proceder a la exhumación y que su "sentencia firme" 1279/2019, del 30 de septiembre, con la que rechaza el recurso de la familia de Franco es por sí misma "título legítimo bastante" para ejecutar la resolución judicial y exhumar a Franco.
Las sentencias pendientes son respecto a los recursos interpuestos por los monjes benedictinos, la Fundación Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos, una vez que levantó las suspensiones cautelares de la exhumación que había dictado en estas causas.
Publicidad
Además, ha formado una pieza aparte respecto a un recurso interpuesto por la Fundación Franco donde considera que la decisión del Gobierno de concluir el procedimiento y ejecutar la exhumación viola el "principio de neutralidad política en período electoral" recogido en la Ley Orgánica Reguladora del Régimen Electoral General (LOREG).
En la sentencia del Supremo del 30 de septiembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo respondía a las alegaciones más relevantes. Y dejaba claro que ellas que ella es la única que puede juzgar los actos del Gobierno.
Publicidad
El Supremo dijo en esta sentencia que el Valle de los Caídos es un bien de titularidad pública estatal integrado en el Patrimonio Nacional. Su administración se ha confiado a la comunidad benedictina, de la que el Gobierno necesita autorización para entrar en el templo, pero la Sala destacó que no puede vetar la exhumación: no afecta a la libertad religiosa, sino que es un acto externo a ella y conforme a las leyes españolas que el Prior dijo que respetaría.
En una providencia del 10 de octubre, el Supremo destaca que el artículo 118 de la Constitución española obliga a todos -incluido al prior- a cumplir las sentencias firmes.