madrid
La prórroga del estado de alarma concedida por el Congreso este jueves mantendrá al país en una situación excepcional durante un tiempo previsto de seis meses (aunque el Gobierno se ha comprometido a revisar su vigencia en marzo de 2021 y, si la situación pandémica ha mejorado lo suficiente, a retirar la alarma).
Hasta mayo, el presidente del Ejecutivo gozará de unos poderes más amplios que los que ampara la legislación ordinaria, y Gobierno y autonomías podrán dictar medidas que afecten a derechos fundamentales (como las limitaciones a la movilidad con el objetivo de reducir los contagios por coronavirus).
La situación no es nueva, y guarda cierta similitud con el contexto que se inició el pasado mes de marzo, cuando el Ejecutivo recurrió al estado de alarma por primera vez para controlar la pandemia. En ese momento se produjo un debate fruto del malestar que existía entre algunos grupos parlamentarios, que denunciaban la imposibilidad de que el Congreso pudiera llevar a cabo su labor de control al Gobierno.
Con la decisión adoptada por la Cámara Baja este jueves, se recupera este debate, sobre todo después de que muchos de los grupos le reprocharan en el hemiciclo al ministro de Sanidad, Salvador Illa, lo que entendieron como un intento por parte de Pedro Sánchez de eludir el control parlamentario cuando se solicitó una prórroga de seis meses del estado de alarma que solo contemplaba comparecencias periódicas del titular de Sanidad, pero no del presidente.
Las diferencias entre el estado de alarma de marzo y el de octubre son varias, y afectan directamente a las relaciones entre el Ejecutivo y el Parlamento. La alarma de marzo se fue prorrogando en solicitudes periódicas cada 15 días en las que Sánchez debía recabar previamente los apoyos necesarios para sacar adelante las ampliaciones, una situación que causó un enorme desgaste al Gobierno y que estuvo a punto de dinamitar la mayoría parlamentaria de la investidura.
La extensión hasta mayo de 2021 permite al presidente eludir este trámite, ya que durante el periodo de vigencia no es necesario que el Congreso valide ninguna prórroga. Sin embargo, el Grupo Socialista pactó con ERC una resolución (a cambio de los votos favorables de los diputados del grupo catalán) que establece que Sánchez comparecerá cada dos meses ante la Cámara (e Illa cada mes) durante el tiempo de vigencia de la alarma para informar al hemiciclo de la situación sanitaria; eso sí, sin que la Cámara pueda decidir sobre la salida de la situación de excepción.
No había control porque el Congreso estaba paralizado
¿Supone esto que durante el estado de alarma de la primera ola del coronavirus hubo un mayor control parlamentario de la labor del Gobierno del que se prevé en los próximos meses? No necesariamente. Si bien Sánchez se vio obligado a negociar cada 15 días las seis ampliaciones del estado de alarma con los grupos parlamentarios, durante las primeras semanas del confinamiento la actividad del Congreso fue enormemente limitada.
En la segunda quincena de marzo no hubo más actividad en la Cámara que los dos Plenos convocados para informar del decreto de alarma y para que el Congreso ampliase la vigencia de esta herramienta constitucional. No se celebraron ni sesiones de control ni interpelaciones a ninguno de los miembros del Ejecutivo. Además, la Mesa del Congreso decidió suspender los plazos de registro, presentación y tramitación de las iniciativas.
Esta decisión se motivó en que, con el Parlamento paralizado, las leyes que habían comenzado su tramitación, y aquellas registradas, vencían sus plazos y podrían ver comprometido su futuro legislativo, lo que de facto provocaba que ni siquiera se pudieran dirigir al Gobierno preguntas con respuesta escrita.
Los grupos manifestaron su malestar y el PP advirtió de que "la democracia" no se podía "poner en cuarentena". Fuentes jurídicas del Congreso explicaron entonces que no es el estado de alarma lo que complica el ejercicio del control parlamentario. "Esta situación no le quita poderes a la Cámara y la ley orgánica que lo regula no recoge nada sobre que se deba paralizar o alterar su actividad. Si solo tuviéramos en cuenta el decreto a la hora de analizar la situación, el Congreso seguiría trabajando con normalidad".
El Congreso entró en marzo en servicios mínimos tras dar positivo en coronavirus varios diputados
La clave, entonces, fue la decisión del Congreso de paralizar su actividad y de establecer servicios mínimos para responder a los esfuerzos por paliar el número de contagios, sobre todo después de los positivos de algunos diputados en las primeras semanas de marzo.
La situación actual es muy distinta. La actividad del Congreso funciona con normalidad desde hace meses, con restricciones de aforo y medidas de prevención, pero sin parálisis o aplazamientos de los trabajos parlamentarios. También se celebran con normalidad las sesiones de control, las interpelaciones al Gobierno y las comparecencias de ministros y secretarios de Estado ante las comisiones correspondientes (Illa acude a la Comisión de Sanidad de forma periódica para actualizar los datos sobre el coronavirus y para debatir con los portavoces de los grupos).
El Gobierno también ha recordado que este estado de alarma, a diferencia del de marzo, se aplica como marco jurídico para que las comunidades autónomas y sus presidentes (que son las autoridades delegadas, según establece el decreto) tomen las medidas que consideren necesarias en cada situación. En este sentido, los Ejecutivos autonómicos deberán someterse a los respectivos controles parlamentarios de las asambleas de sus territorios, y rendir cuentas por las medidas que apliquen. "Si se territorializan las medidas y el mando único pasa a ser un mando compartido, también se territorializa el control", aseguraba este jueves una fuente parlamentaria.
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