MADRID
Se llama "indefensión" y la padece un investigado cuando se impide o se limita indebidamente la defensa de su derecho en un procedimiento judicial. Eso es lo que padecieron varios de los acusados en el caso del espionaje interno del PP en la Comunidad de Madrid, auténticos cabezas de turco del montaje policial y fiscal diseñado para encubrir, a partir de 2009, a los dirigentes políticos que ordenaron seguimientos ilegales de altos cargos de ese partido un año antes.
En el artículo anterior de esta serie se explicó cómo el entonces jefe de la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF), José Luis Olivera –después ascendido a director del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO)–, y el fiscal Superior de Madrid, Manuel Moix –después ascendido al Tribunal Supremo y a fiscal jefe de Anticorrupción, cargo del que tuvo que dimitir en poco tiempo–, se saltaron las leyes y violaron los derechos constitucionales de varios investigados, por lo que incluso recibieron una reprimenda de la magistrada del Juzgado de Instrucción Nº5 de Madrid, Carmen Valcarce.
Sin embargo, después de ese auto –en el que la jueza amonestaba severamente al fiscal Moix por reclamar a Movistar información sobre teléfonos de encausados sin previa autorización judicial– la magistrada se limitó a cumplir todas y cada una de las propuestas de ese mismo Ministerio Público, sin revisar hechos evidentes en la causa. Para empezar, los dos principales denunciados por las víctimas del espionaje, Sergio Gamón y Miguel Castaño –director y subdirector de la Dirección de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) desde la que se ordenaron los seguimientos–, no fueron investigados en ningún momento, pese a que todos los indicios les apuntaban.
Todo el montaje se hizo para encubrir a Gamón y Castaño, hombres de confianza de Esperanza Aguirre
Pero además, en su celo por ceñirse exclusivamente a la instrucción diseñada por el fiscal Moix –con la manifiesta intención de encubrir a Gamón y Castaño, ambos hombres de confianza de la líder del PP de Madrid, Esperanza Aguirre–, la jueza Valcarce rechazó todos y cada uno de los escritos, estudios, alegaciones y propuestas de testimonios y de toma de declaraciones presentados por algunos de los injustamente acusados, sobre todo del sargento de la Guardia Civil, José Oreja. Y específicamente las pruebas que demostraban que Castaño había mentido en su declaración en el juzgado:
En esas "Manifestaciones de hechos" y sus anexos, Oreja –y el funcionario José Manuel Pinto, falsamente acusado de haber escrito los partes de los seguimientos–, solicitaron a la jueza que practicase una serie de diligencias de puro sentido común y que habrían demostrado su inocencia. Pero, como el fiscal Moix se oponía a todo lo que pudiera estropear el montaje de encubrimiento, la magistrada no ordenó efectuar ninguna de ellas. ¡Ni siquiera un peritaje caligráfico de Pinto, supuesto autor de los partes!
Ni se solicitaron los posicionamientos de los jefes del operativo ni se tomó declaración a los policías asesores
Ni se solicitaron a Telefónica los posicionamientos de los móviles de Gamón y Castaño, pese a que eran los jefes del equipo al que se atribuía el espionaje; ni se tomó declaración a los tres policías asesores del operativo, empezando por José Manuel Rodríguez González –otros de los denunciados del que tampoco se solicitó información a Hacienda ni a Movistar–; ni se citó a declarar a la ex cónyuge de Gamón, Yolanda Laviana, pese a que declaró a El País que su marido dirigió el espionaje...
Sobre todo ello llamaron los acusados la atención a la jueza una y otra vez, sin resultado. Igual que la alertaron de que en el sumario no figuraba el escrito de respuesta de Telefónica al mandamiento inicial que libró el fiscal Moix –sin autorización ni conocimiento de la magistrada–, a pesar de que en la siguiente respuesta al despacho cursado por la jueza, Telefónica constata que envió dicho escrito, como se puede leer en este fragmento:
Más aún, en el escrito a la jueza, se solicita una diligencia con Telefónica que debería haber alertado a la magistrada de que algo raro estaba ocurriendo:
"II.-Como consecuencia de esta última actuación por parte de la Fiscalía, se produjo una reunión entre la Dirección de Telefónica España, con el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior [Francisco Granados] y los servicios Jurídicos de la CAM, solicito de Su Señoría que pida a Telefónica España, el acta de dicha reunión, o los términos en que se produjo la misma y los nombres de los asistentes".
Tampoco hace caso la jueza del hecho de que en uno de los partes de los seguimientos (efectuado en la Consejería de Interior de la CAM), tal como se expone en el escrito dirigido a ella:
"...se hace referencia a la llegada del conductor de "nuestro director (Sergio)", que estaciona en la Calle Miguel Ángel, de lo que puede deducirse que se está refiriendo al Director General de Seguridad de dicha Consejería en dicha época Sergio Gamón. Además en otro parte se manifiesta que "nosotros nos dirigimos a la reunión que tenemos en la D.G.", de lo que se interpreta que tienen una reunión en la Dirección General".
"Finalmente, en otro parte se señala que "nos desplazamos a la Dirección con requerimiento de Miguel", lo que puede interpretarse que se dirigen a la Dirección General a requerimiento de Miguel Castaño, que era el Subdirector de Seguridad en esa época".
Castaño testificó en el juzgado que no conocía a acusados con lo que había cruzado 128 llamadas de teléfono en 18 días
"Amén de lo anterior [continúa el escrito], el Sr. Gamón y el Sr. Castaño figuran en el procedimiento como denunciados. A pesar de todo esto la UDEF, les excluye de la investigación sobre sus teléfonos, así como de la investigación de sus datos económicos ante la Agencia Tributaria. A esto hay que sumar que la UDEF, elabore el informe sobre los posicionamientos exclusivamente focalizado en los tres Guardias Civiles, eludiendo los datos de vital importancia que figuran en los Anexos I y II que acompañan a este escrito y permitiendo, por tanto:
1º que no se les llame a dedarar.
2º cuando tienen que ir de manera forzada, puedan alegar que NO NOS CONOCEN y tener responsabilidad jerárquica sobre nosotros".
Porque en su declaración en el juzgado como testigo, y con obligación de decir verdad, Castaño asegura que no conoce ni tiene ninguna relación con los acusados, pese a que en los partes figuran 124 llamadas con ellos en 18 días, de las que 63 son llamadas entrantes desde el teléfono oficial de Castaño.
Se hizo callar al comisario que desentrañó la trama
Por si todo esto no fuera suficiente como para que la jueza se aperciba de que la instrucción está omitiendo premeditadamente a los principales sospechosos, en este escrito se subraya algo que ya se había puesto de manifiesto en otro escrito anterior:
"La desconfianza de los sres. Gamón y Castaño llegó a tal extremo que a mediados del mes de mayo de 2008, nos mandan como supervisor a uno de los Policías de su total confianza, en concreto D. José Manuel Rodríguez González. Los días en los que permanece con nosotros, le obligamos a elaborar las notas diarias y a entregárselas al Director o Subdirector...". Es un error grave, que la Policía haya eludido esta realidad, porque además, sus posicionamientos coinciden con siete partes (base fundamental de la investigación)".
De todo esto quedaba más que claro que en realidad no se estaba investigando lo realmente ocurrido, ni se pretendía desvelar la verdadera trama del espionaje interno en el PP. Por tanto, ¿cómo era en realidad aquella trama?
Para explicar semejante enredo, desentrañado por el comisario que lo investigó a fondo pero fue obligado a callar, será necesario un nuevo artículo.
...CONTINUARÁ
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