Actualizado:
MADRID.- La Policía ha comenzado a exigir a los ciudadanos que acuden a comisaría para renovar el Documento Nacional de Identidad electrónico que completen la ficha policial con un recibí escrito a mano en el reverso.
El cartón consta en una cara de los datos personales del ciudadano, así como su fotografía y firma, que se escanean, y las huellas dactilares de los dedos índices de ambas manos.
Sin embargo, los funcionarios obligan, para entregar el DNI electrónico y sus claves, que al dorso se escriba a mano: "He recibido el DNI...", con la fecha completa manuscrita y la firma.
La petición parece inocente, pero el resultado es que se ha establecido la obligación de dejar una muestra de la escritura de cada ciudadano en una ficha policial que constará en los archivos del Ministerio del Interior.
Si hay algo que identifica a una persona es su código genético, su huella dactilar o su escritura. Por lo tanto, el inocente recibí supone, en la práctica, conservar en una ficha policial una muestra del cuerpo de letra de cada español.
Tamaña exigencia debería estar amparada por una Ley Orgánica que expusiera la necesidad de conservar la escritura de cada ciudadano. Pero no existe norma alguna que ampare conservar una muestra manuscrita de cada persona.
Un portavoz de la Policía Nacional sostiene que los funcionarios requieren un recibí "para entregar las claves electrónicas del DNI electrónico en un sobre cerrado", que son únicas.
"La firma es lo único que se escanea, no el recibí", explica dicho portavoz policial que desmiente que el objetivo perseguido sea fichar el cuerpo de escritura de los españoles, ni que vaya a ser utilizado en el futuro contra alguien: "Un juez jamás aceptaría una prueba basada en este recibí", apostilla.
Sólo se exige manuscrito para aceptar cláusulas abusivas
Pero este resguardo no es un papel escrito a máquina que se da a la firma, como ocurre en los trámites habituales; los funcionarios de la Policía Nacional obligan a escribirlo a mano, y en el dorso de la propia ficha policial.
La Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana introducida por el PP no contiene artículo alguno que ampare esta práctica. Tampoco el Real Decreto -que no tiene rango de Ley Orgánica- que regula el DNI y la firma electrónica.
"El mero hecho de exigir y conservar datos innecesarios ya es ilícito", denuncia Verónica del Carpio, profesora de Derecho Civil.
En España, sólo existe una ley que requiere de la nota manuscrita de un ciudadano: cuando un prestatario acepta cláusulas abusivas bancarias, manuscrito que debe ser elevado a escritura pública. Así lo establece la nueva Ley hipotecaria 1/2013, en contra de la larga tradición de notarios y registradores.
¿Te ha resultado interesante esta noticia?
Comentarios
<% if(canWriteComments) { %> <% } %>Comentarios:
<% if(_.allKeys(comments).length > 0) { %> <% _.each(comments, function(comment) { %>-
<% if(comment.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= comment.user.firstLetter %>
<% } %>
<%= comment.user.username %>
<%= comment.published %>
<%= comment.dateTime %>
<%= comment.text %>
Responder
<% if(_.allKeys(comment.children.models).length > 0) { %>
<% }); %>
<% } else { %>
- No hay comentarios para esta noticia.
<% } %>
Mostrar más comentarios<% _.each(comment.children.models, function(children) { %> <% children = children.toJSON() %>-
<% if(children.user.image) { %>
<% } else { %>
<%= children.user.firstLetter %>
<% } %>
<% if(children.parent.id != comment.id) { %>
en respuesta a <%= children.parent.username %>
<% } %>
<%= children.user.username %>
<%= children.published %>
<%= children.dateTime %>
<%= children.text %>
Responder
<% }); %>
<% } %> <% if(canWriteComments) { %> <% } %>