La Justicia tarda más de cinco años en amparar al denunciante de corrupción expulsado del PDeCAT por negarse a malversar
El Juzgado de lo Penal 8 de Barcelona condena a siete exmiembros del PDeCAT de Esplugues de Llobregat (Barcelona) por haber propuesto financiar una campaña electoral con fondos del grupo municipal.
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madrid, Actualizado:
El Juzgado de lo Penal 8 de Barcelona ha dictado una sentencia pionera sobre las presiones que reciben a veces los cargos electos por parte de las estructuras de los partidos políticos para cometer irregularidades. El juez Jorge González Ibarburren ha condenado a siete exmiembros del comité local del Partido Demócrata Europeo Catalán (PDeCAT) de Esplugues de Llobregat (Barcelona) por los delitos de coacciones y proposición para la malversación de caudales públicos.
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Les condena a tres meses de prisión, con inhabilitación especial para empleo o cargo público en la administración local, y a tres meses de multa de 8 euros diarios, así como a indemnizar conjuntamente al exconcejal Albert Comellas con 4.000 euros por los "daños morales" provocados.
La sentencia, a la que ha podido acceder este diario, da la razón a Albert Comellas, que fue concejal en el consistorio espluguense en las legislaturas de 2011 y 2015, primero de Convergència i Unió (CiU) y después ya en el reconvertido PDeCAT.
Este expolítico presentó una querella en julio de 2017 por coacciones y propuesta para malversar contra siete de sus compañeros en la agrupación y la Justicia le ampara cinco años y medio después. Comellas fue expulsado del partido en represalia por haberse negado a unas prácticas ilegales propuestas por esos siete compañeros condenados, según recoge la sentencia: desviar fondos del grupo municipal para financiar la campaña electoral, algo prohibido en la ley de financiación de partidos.
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Este madrileño afincado en Catalunya se convirtió con su denuncia en el paradigma de los alertadores de corrupción: fue represaliado y denunció internamente en su partido y ante la Fiscalía Anticorrupción, pero sin éxito. Después tuvo que afrontar una querella criminal en solitario, a la que finalmente Anticorrupción se adhirió. El suyo ha sido un largo camino. Ahora celebra el triunfo, pero "el daño ya está hecho y es irreparable", dice a Público Comellas.
Los hechos probados
Según consta en la sentencia, la tarde del 14 de febrero de 2017 Albert Comellas fue convocado a una reunión con los miembros de la ejecutiva local del PDeCAT de Esplugues en el local de la agrupación. El fallo declara probado que los siete condenados (Pere C., Josep B., Pedro R., Lidia M., Mireia A., Carles C. y Cristina C.) "actuando todos de previo y común acuerdo con la finalidad de obtener dinero para cubrir las necesidades propias del partido" "a sabiendas de que la dotación municipal no se podía destinar a cubrir las necesidades propias del partido" insistieron a Comellas para que "permitiera a los miembros de la ejecutiva manejar la asignación municipal o bien la transfiriera directamente al partido".
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Esta asignación, según el Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Esplugues de Llobregat y el Acuerdo Plenario del 15 de julio de 2015, ascendía a 650 euros mensuales por grupo y 380 euros por cada uno de los miembros de dichos grupos municipales.
La asignación municipal para gastos de funcionamiento de los grupos políticos exige a los concejales la llevanza de una contabilidad específica, que debe ser puesta a disposición del pleno del ayuntamiento, y llegado el caso, del Tribunal de Cuentas, pudiendo los ediles llegar a responder con su propio patrimonio por los gastos no justificados o no acordes con la finalidad legal.
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Además, en la misma reunión también se trató otro tema delicado: contratar a un becario de comunicación para el partido a través de una contratación municipal como asesor de Industria, "con el fin de que fuera el Ayuntamiento el que corriera con los gastos y no el partido", explica Comellas a este diario.
Amenazado con la expulsión
Este denunciante era consciente de su propia responsabilidad como concejal y cuarto teniente de alcalde del consistorio de Esplugas, gobernado entonces por un pacto de coalición entre el PSC y PDeCAT, y se negó en redondo a destinar los fondos municipales para costear la campaña electoral del PDeCAT, como indica la sentencia.
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El fallo judicial recoge varios fragmentos de la conversación que tuvo lugar en aquella reunión pues la misma fue grabada por uno de los asistentes. "Se declara probado que Josep B., hablando en nombre de todos los acusados (...), con ánimo de menoscabar la libertad de Albert Comellas, intentó amedrentarle con la expulsión del partido y con la pérdida de la condición de regidor del grupo político municipal en el supuesto de que no se permitiera a la ejecutiva local del partido acceder al dinero público recibido por el grupo municipal. Los acusados no consiguieron su propósito", dice el juez.
La amenaza se cumplió y Comellas fue expulsado del PDeCAT el 26 de octubre de 2017 por resolución de la Comisión para la Calidad, la Transparencia, el Cumplimiento Ético y de Garantías del PDeCAT. Esta comisión desestimó el recurso de Albert Comellas contra su expulsión.
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Toda la maquinaria del partido sucesor de CiU, inscrito en julio de 2016 y presidido hasta 2018 por Artur Mas, se volcó contra Albert Comellas por negarse a participar en la corrupción propuesta por los dirigentes del partido en Esplugas de Llobregat, que no fueron apartados preventivamente pese a que en el juzgado ya se había admitido la querella de Comellas en su contra.
Este denunció la situación tanto ante los órganos internos del partido como ante el consistorio. En concreto, se dirigió a la dirección comarcal del partido, a la Defensora del Asociado del PDeCAT, a la dirección regional del PDeCAT, a la alcaldesa de Esplugas y al secretario del ayuntamiento. Nadie le amparó. Ni siquiera la Fiscalía Anticorrupción le quiso acompañar en un principio en su denuncia. No fue hasta el 3 de octubre de 2018 cuando la Fiscalía se personó en el procedimiento.
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Albert Comellas se despidió de la política por precisamente cumplir con uno de sus deberes inherentes: velar por el interés público. Como denunciante de corrupción sufrió un quebranto económico y profesional. "Dimití voluntariamente como cuarto teniente de alcalde para presentar la querella criminal, por lo que dejé de percibir unos ingresos derivados de esa tarea", cuenta.
Rebaja de las penas por malversación
Los acusados denunciaron dilaciones indebidas en el procedimiento judicial que han acabado atenuando sus condenas y han ocasionado que el denunciante de corrupción tarde más de cinco años en recibir justicia. "La tardanza, en el fondo, viene del error inicial de la Fiscalía --dice Albert Comellas--, porque debería haber impulsado el caso penal y pedir medidas cautelares, algo que no hizo, conminándome a mí a presentar una querella". La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial de Barcelona.
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Una vez que, el próximo 12 de enero, entre el vigor el nuevo articulado en el Código Penal relativo al delito de malversación de caudales públicos es probable que esta sentencia sea una de las que se revisen. Tras la reforma, las penas bajan cuando se demuestra que el cargo público o el político no pretendía un lucro personal con el desvío del dinero público. En este caso, el delito no se materializó, sino que solamente se propuso, algo que igualmente está penado.
En cuanto a las dilaciones, Comellas explica que se han producido "por los abogados de los acusados, quienes han recurrido cualquier auto, y también por el lamentable funcionamiento del funcionariado de la Administración de Justicia en Esplugues. De hecho, el juzgado pasó una inspección y se ha decretado asignarle más recursos".
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Pionero en denunciar la desprotección de los concejales
Este hombre fue pionero en denunciar "la desprotección jurídica" de los cargos electos ante la presión de las estructuras de los partidos cuando sus maquinarias les piden cometer irregularidades en beneficio propio. "Por una parte, estoy contento porque la sentencia recoge el relato que he dado desde el principio. Estoy muy agradecido a todos los magistrados que han participado, en Esplugues (varias suplentes y finalmente un titular), en la Audiencia Provincial de Barcelona y, en especial, al magistrado en la Ciutat de la Justícia".
La sentencia llega tres meses después de que el Gobierno haya transpuesto la directiva europea sobre protección a los alertadores de corrupción, que llevaba pendiente de ser incorporada al marco jurídico español desde 2019, una norma que protege a los denunciantes de corrupción y que de haber estado en vigor en el caso de Comellas le hubiera proporcionado en un primer momento el amparo de la Administración, en su caso, del Ayuntamiento de Esplugues, aunque no le hubiera evitado la vía penal. "Creo que lo importante es que los alertadores, como por ejemplo Roberto Macías [exadministrativo de UGT], no se vean arrasados por filtrar a la prensa información que sea relevante en la lucha contra la corrupción o las mentiras de Estado, como en los casos de Julian Assange o Edward Snowden", concluye Comellas.