Granada
Actualizado:La Junta Electoral de Granada mantendrá la candidatura de Macarena Olona a la presidencia de la Junta de Andalucía por Vox al estimar que no existe "obstáculo legal alguno" para su proclamación.
La coalición Andaluces Levantaos solicitó que se anulara su candidatura por incumplir el requisito de vecindad en la comunidad autónoma y por un supuesto "empadronamiento ficticio" en la localidad granadina de Salobreña.
Sin embargo, la Junta Electoral de Granada ha acordado que "resolver de otro modo comprometería garantías constitucionalmente reconocidas, como el principio de legalidad, de seguridad jurídica (...), así como suponer un quebranto del derecho de acceso en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos".
La Ley electoral de Andalucía, en su artículo 4.1, establece que podrán ser elegibles los comicios autonómicos a todos los ciudadanos que sean "electores". Este requisito se reúne si se tiene la condición de andaluz. Una condición que, tal y como indica el Estatuto de Autonomía, reside en todas aquellas personas que "de acuerdo con las leyes generales del Estado, tengan vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Andalucía".
Por tanto la clave del caso reside en dicha "vecindad administrativa" que, como indica la Ley reguladora de las bases del régimen local en su artículo 15, serán todas aquellas personas inscritas en el padrón municipal. Por tanto, Macarena Olona sería vecina de Salobreña desde el momento en que puso en marcha el trámite administrativo ante el Ayuntamiento local y el propietario de la casa rubricó que la diputada alicantina reside en su vivienda.
El caso de Toni Cantó
El mismo artículo que ha permitido a Macarena Olona demostrar "vecindad administrativa" fue el que el 11 de abril de 2021 anuló la inscripción del exdiputado de Ciudadanos Toni Cantó en la lista con la que la candidata del Partido Popular, Isabel Díaz Ayuso, concurría a las elecciones autonómicas a la Asamblea de Madrid.
En aquella ocasión la "vecindad administrativa" de Cantó no estaba en disputa, sino si el actual Director de Área de la Oficina del Español de la Comunidad de Madrid se había empadronado en la región dentro del plazo que estipula la Ley electoral. Dado que los candidatos para ir en lista tenían que estar censados antes del 1 de enero de dicho año y Cantó lo hizo el 22 de marzo, no reunía el requisito en tiempo y forma.
El caso Javier Maroto
El portavoz del Partido Popular en el Senado, Javier Maroto, se registró el 26 de junio de 2018 en el padrón de Sotosalbos (Segovia), municipio al que no le unía ningún tipo de vinculación, un mes después de las elecciones autonómicas, cuando se dio a conocer que al PP le correspondía un senador por Castilla y León.
Maroto había perdido su condición de diputado por Álava en el Congreso después de las elecciones generales del 28 de abril de 2019. Tras el resultado de las autonómicas castellano-leonesas, el PP de Castilla y León propuso a Maroto como senador y en un pleno celebrado el 23 de julio fue nombrado con el apoyo de Ciudadanos. Por aquel entonces Maroto ya estaba empadronado en la localidad de Sotosalbos, lo que le permitió cumplir con el requisito indispensable a la hora de obtener la vecindad.
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