La jueza sienta otra vez en el banquillo a Jiménez Losantos por calumniar e injuriar al exministro José Luis Ábalos
Le exige una fianza de 100.000 euros al entender que existen indicios de criminalidad por haber insinuado en su programa de radio que el exsecretario de Organización del PSOE había introducido en España "cocaína, oro o divisas".
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madrid, Actualizado:
La jueza de Instrucción número 8 de Madrid ha ordenado la apertura de juicio oral contra el locutor Federico Jiménez Losantos bajo la acusación de haber cometido un delito de calumnias y otro de injurias contra el exministro socialista de Fomento y de Transportes y exsecretario general del PSOE José Luis Ábalos.
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En su programa matinal en la emisora EsRadio, del grupo Libertad Digital del que es propietario, Jiménez Losantos insinuó que Ábalos había colaborado con la vicepresidenta venezolana Delcy Rodríguez para introducir en España cocaína, oro y divisas, sin disponer de prueba alguna de tal posibilidad.
En el auto en el que ordena la apertura de juicio oral, al que ha tenido acceso Público, la magistrada explica que existen indicios de "criminalidad" en la actuación del locutor, al que exige una fianza de 100.000 euros en el plazo de un día para hacer frente a la responsabilidad civil que pudiera derivarse de un fallo en su contra y bajo amenaza de embargo de sus bienes si no la deposita íntegramente.
También advierte a Libertad Digital de que si Jiménez Losantos no paga la fianza, la empresa deberá hacerse cargo de ese depósito como responsable civil subsidiaria del daño moral que en su caso pudiera derivarse si sus palabras son finalmente declaradas delictivas tras el juicio.
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La jueza recuerda que el Código Penal español castiga con penas de entre seis meses y dos años de cárcel la calumnia con publicidad, que el citado texto define como "la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad".
El Código Penal también castiga con penas de seis a catorce meses de multa las injurias graves hechas con publicidad, definidas como aquellas acciones o expresiones "que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación".
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Losantos ya ha sido condenado en otras ocasiones por proferir insultos y falsas insinuaciones contra políticas de izquierda. En 2020 fue condenado a pagar 5.000 euros a la exdirigente de Podemos Carolina Bescansa por "vejación descarnada" hacia ella y a su bebé. Y un año antes, fue condenado a indemnizar a la ministra de Igualdad, Irene Montero, con otros 3.000 por comentarios machistas hacia su persona.
Tampoco es la primera vez que Ábalos es víctima de injurias. El pasado 30 de noviembre, otro juzgado de Madrid condenó a la agitadora ultraderechista Cristina Seguí a pagarle 6.000 euros por una serie de tuits en los que le calificó de "engendro" y "vago grotesco", entre otros calificativos vejatorios.
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En el caso de Losantos , el locutor lanzó sus acusaciones contra Ábalos el 23 de marzo de 2021, al referirse a la polémica suscitada un año antes por la escala que hizo el avión de Rodríguez en España, y el hecho de que Ábalos se entrevistara con ella en la sala de tránsito del aeropuerto.
Los dirigentes venezolanos tienen prohibido su paso por suelo europeo, en el marco de las sanciones impuestas por la Unión Europea a su país, pero tanto el Tribunal Supremo como un juzgado de primera instancia archivaron las denuncias presentadas contra Ábalos, al entender que no había cometido irregularidad alguna al entrevistarse con Rodríguez en una zona que no tiene la consideración de suelo español.
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Pese a todo, Losantos aludió en su programa a la "falsedad" de la versión del Gobierno y aseguró que en realidad Ábalos había aprovechado la escala de Rodríguez para introducir dinero, bienes y sustancias ilegales en el país. "Cuarenta maletas con cocaína, con oro o con divisas, que entraste tú, que metiste tú, en España, de la mano de tu amiga la Delcy Rodríguez", dijo aquel día.
Ahora, la magistrada ha atendido la petición de la Audiencia Provincial de Madrid, que el pasado mes de septiembre ordenó procesar al locutor después de que el juzgado de Instrucción sobreseyera el caso.
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En su escrito, los jueces de la Audiencia subrayaban que existen indicios suficientes de que Jiménez Losantos pudo atribuir al exministro un "delito contra la salud pública y un delito de blanqueo de capitales", "en todo caso una conducta que en su condición de político en activo pudo ser altamente lesiva de su dignidad" y que el locutor habría adoptado "sin realizar una específica tarea de comprobación" sobre los hechos que atribuía a Ábalos.
La jueza ha tomado su decisión en contra del criterio de la Fiscalía, que solicitó el sobreseimiento de la causa. La acusación particular solicita para Jiménez Losantos las penas máximas: dos años de cárcel por el delito de calumnias, catorcemeses de multa a razón de 50 euros al día por el de injurias, y 100.000 euros de indemnización por daños morales.