La Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo del Ayuntamiento de Madrid ha instado al desahucio de una mujer y sus tres hijos menores porque le deben meses de alquiler, mientras que ha asumido, en un escrito remitido a la juez del caso, que es casi imposible que la familia acceda a una casa solidaria.
La juez, por su parte, ha aplazado indefinidamente la ejecución del desahucio, que adoptó formalmente hace meses, al haber llegado a la conclusión de que hasta el momento nadie garantiza que la familia no quede en la calle, sino que, al contrario, todo indica que no podrán acceder a una vivienda solidaria si se les expulsa de la que ocupan.
Así, la magistrada, en una providencia a la que ha tenido acceso Efe, explica que, ante sus repetidos requerimientos, la propia EMV, la misma que instó a la ejecución del desahucio porque la mujer le debía varios meses de alquiler, ha acabado reconociendo que las posibilidades de que esta familia consiga una vivienda solidaria cuando sea expulsada a la calle son casi nulas. La ejecución del desahucio estaba paralizada desde marzo, cuando la juez de Madrid resolvió que la familia no abandonaría su residencia hasta que no terminara el año escolar, en un escrito en el que, además, consultó al Ayuntamiento y a la Comunidad de Madrid sobre cómo iban a garantizar el alojamiento de los tres menores y su madre.
En aquel auto la magistrada Lourdes Menéndez instó a la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y al Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid para que en un plazo de treinta días informaran al Juzgado sobre las medidas concretas que adoptarán cuando se produzca el desahucio. Aunque la juez ha reiterado la consulta, no ha recibido respuesta satisfactoria por lo que, ahora, en una providencia dictada una vez ha terminado el curso escolar, ha asumido que 'las administraciones públicas requeridas por el tribunal no han explicado qué medidas concretas adoptará'.
'La Comunidad de Madrid no ha explicado al tribunal', como se le requirió en dos ocasiones, cómo garantizaría un techo a la madre y los niños, y el Ayuntamiento, por su parte, se ha limitado a informar de que, a su vez, informó a favor de la mujer en su solicitud a la Comunidad de Madrid de una vivienda social. La juez relata también que el Ayuntamiento le comunicó que ha pedido a favor de la familia una vivienda del Programa de Vivienda Solidaria de Madrid 2012-2015, creado por convenio entre la EMV y el Área de Gobierno de Familia y Asuntos Sociales del Ayuntamiento.
Ante esta circunstancia, el pasado 22 de abril la magistrada 'requirió a la parte ejecutante' (es decir, a la EMV) 'y al Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Madrid para que informaran al juzgado cada una de ellas del estado de tramitación' de esa solicitud, dice también la juez en su último escrito. La EMV respondió que desconoce esa tramitación, pues de su seguimiento se encarga el Área de Servicios Sociales, 'si bien considera que las posibilidades de que a Doña V.S. le sea concedida una de dichas viviendas son escasas por no decir nulas', detalla en su providencia la magistrada.
Por tanto: 'no consta si alguna de las viviendas solicitadas será concedida ni en qué plazo', ha concluido la juez. Así las cosas, 'mientras este juzgado no conozca tales medidas concretas no podrá, en su caso, fijar fecha para el lanzamiento suspendido', concluye. La juez otorgaba en su auto de marzo 'particular relevancia' a que quien instaba al desahucio fuera precisamente la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo, la cual, recordaba la juez, explica en su página web que 'es una sociedad anónima con capital 100 por 100 municipal que desarrolla la política de vivienda del Ayuntamiento de Madrid'.
Esta empresa dice en su web, recordaba la juez, que 'no sólo facilita el acceso a la vivienda a los sectores con mayores dificultades, sino que cumple con otras directrices de la política de vivienda, con un marcado carácter social'. La mujer desahuciada tiene a su cargo tres hijos menores de edad, de 12 años, 11 años y 11 meses, y pagó durante seis años el alquiler a la EMV de 582,61 euros mensuales más otros 55,64 euros en concepto de gastos de comunidad, hasta que su situación económica (ingresos actuales en una empresa de limpiezas de 403,76 euros netos al mes) le hizo imposible abonarlo.
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