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El juez Ruz propone archivar el caso del último asesinato reconocido por los GAL

Un tribunal consideró que Amedo y Domínguez no fueron los responsables de la muerte del objetor de conciencia García Goena. Ahora el magistrado tampoco ha encontrado culpables

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, en una imagen de archivo. / EFE

EP

MADRID.- El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha acordado la conclusión sin procesamiento del sumario en el que se investigaba el asesinato del objetor de conciencia Juan Carlos García Goena el 24 de julio de 1987 en la localidad francesa de Hendaya tras la colocación de un artefacto explosivo en la parte inferior de su vehículo, el último asesinato reivindicado por los GAL.

El instructor ha enviado el sumario a la Sala de lo Penal para que confirme o revoque su resolución y se pronuncie sobre un "eventual sobreseimiento" del procedimiento, al no ser él competente para hacerlo, previo emplazamiento de las partes en el plazo de diez días.

Ruz considera, tal y como indica la Fiscalía, que procede "el dictado de auto de conclusión de sumario sin procesamiento alguno al no existir indicios de criminalidad contra persona o personas determinadas por los hechos investigados en las actuaciones".

En el auto, el magistrado detalla todas las diligencias practicadas desde que se reabrió este caso, el 12 de julio de 2012, a instancia de la viuda de García Goena, en un escrito en el que pedía investigar los hechos relativos a la información publicada por El Mundo en enero de 2011 sobre el propietario del establecimiento fotográfico Photo Galaxia, Patxi A., que retrató a García Gonea en una imagen que sirvió al comando para "identificarle y darle muerte".

Entre las diligencias de investigación practicadas, el juez recuerda que tomó declaración como imputado del fotógrafo, quien negó tener relación con los GAL y haber entregado la fotografía a dicha organización criminal, y cita las declaraciones como testigo del periodista Antonio Rubio, de José Amedo y de la viuda de García Goena, así como el careo entre ésta última y el fotógrafo.

Además, se incorporó el material fotográfico del que disponían los testigos, se escuchó a un guardia civil que estuvo destinado en Irún y se pidió un informe a la Comisaría General del Información "en el que se afirma desconocer los hechos a los que hace referencia la información periodística".

Los policías fueron absueltos en su día

El juez también recuerda todo el recorrido judicial previo de esta causa y la sentencia, del 20 de septiembre de 1991, de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, confirmada después por el Tribunal Supremo, en la que se absolvió a los policías José Amedo y Míchel Domínguez de la muerte de García Goena.

"De todas las diligencias de investigación realizadas hasta el momento no se desprende que la fotografía objeto de investigación sirviera a los autores materiales -de los que hasta hoy no se conoce su identidad- para llevar" a cabo "la acción criminal objeto del procedimiento, así como tampoco que el autor de la misma pudiera haber colaborado en la comisión de los hechos investigados", concluye el juez, en consonancia con el fiscal.

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