Un juez rechaza la reducción salarial del 75% impuesta por una empresa
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Un juzgado de Barcelona ha declarado "ilícita y contraria a derecho" la decisión de la empresa Imesapi, del grupo ACS, de imponer a ocho de sus trabajadores de forma unilateral y sin negociación previa una rebaja salarial del 75 %, hasta equiparar su retribución al Salario Mínimo Interprofesional.
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La empresa, dedicada al mantenimiento de cabinas telefónicas, hizo caso omiso de las reiteradas peticiones de los trabajadores para negociar el nuevo convenio, dándolo por expirado en agosto de 2013, a pesar de que existía una cláusula que preservaba su vigencia hasta que hubiera un pacto de renovación.
La sentencia del juzgado de lo social número 16 de Barcelona condena a Imesapi a volver a retribuir a los trabajadores en función de las masas salariales del convenio y a compensarles por la diferencia salarial de los meses en que se les aplicó el salario mínimo.
Los ocho trabajadores afectados, representados por el Colectivo Ronda, tenían un salario cercano a los 3.000 euros mensuales, una cuantía que a partir de agosto del pasado año vieron reducida hasta 751,38 euros al mes.
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El juez obliga asimismo a la empresa a indemnizar a cada uno de ellos con 1.000 euros en concepto de daños morales y a cesar "su comportamiento vulnerador de derechos fundamentales", al entender que contravino el derecho de la libertad sindical en su vertiente de derecho a la negociación colectiva.
La sentencia considera probado que Imesapi aplicó esta drástica reducción salarial "unilateralmente" y "con menosprecio a toda negociación" colectiva , sin que existiera "justificación alguna" a esta negativa.
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Ante esta sentencia, la empresa tiene la posibilidad de interponer un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).