Hacienda Hacienda abre la ventanilla: comienza la declaración de impuestos
Hacienda mantiene la fecha de presentación de las liquidaciones de los primeros plazos del IRPF, Sociedades y alquileres ‘profesionales’ y las citas mensual y trimestral del IVA, con aplazamientos extraordinarios para pymes y autónomos y con los habituales para quienes facturan más de seis millones al año, al tiempo que abre la campaña de la renta.
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zaragoza,
El Gobierno ha mantenido finalmente su decisión de no modificar las fechas de declaración de los impuestos, cuya primera tanda potente del año comienza este jueves día 1 de abril y se mantiene hasta el día 20, y de limitar los aplazamientos de carácter extraordinario a los autónomos y las pymes, mientras las empresas que el año pasado facturaron más de 6.010.121,04 euros, es decir, las catalogadas como grandes a efectos fiscales, disponen del cauce habitual para postergar esos pagos, algo que requiere la aportación de avales bancarios por las cantidades que pretendan no ingresar por ahora en las arcas públicas.
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Los aplazamientos para pymes y autónomos, regulados en el decreto del 12 de marzo, el previo a la declaración del estado de alarma, establece para pymes y autónomos una moratoria de seis meses, los tres primeros sin intereses y los segundos con un máximo del 1,875%, para "todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive". El máximo aplazable es de 30.000 euros.
Es decir, que todas las empresas y autónomos están obligados a presentar las declaraciones de los impuestos para, después, pedir los eventuales aplazamientos de su pago, cuya concesión será automática en el caso de los trabajadores por cuenta ajena y las pymes, que son las figuras del tejido productivo con mayor fragilidad económica y menores posibilidades de maniobra, y discrecional de la Agencia Tributaria para las sociedades que el año pasado facturaron más de seis millones de euros.
¿Por qué se mantiene la declaración de los impuestos?
¿Y por qué ha mantenido Hacienda la obligación de declarar los impuestos, y de pagarlos en la mayoría de los casos, en las fechas previstas? El motivo principal parece obvio, explican fuentes del ministerio: hacen falta recursos para mantener el funcionamiento de la Administración central y transferir recursos a las autonómicas y las municipales, algunos de cuyos departamentos tienen un papel clave en el dispositivo frente a la pandemia, caso de la sanidad, la supervisión de la movilidad y la seguridad ciudadana.
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Otra cosa son los efectos que los pagos de abril, cuyo montante se sitúa en un año normal en el entorno de los 18.000 millones de euros (8.957 en IVA, 8.476 en IRPF y 963 en Sociedades en ese mismo mes de 2019), vaya a tener en el tejido empresarial, para el que los analistas económicos no dejan de reclamar inyecciones de liquidez en previsión de los demoledores efectos que acarrearía para el país un cierre de negocios en cascada.
Y otra más, cuyos efectos también están por ver, es el tratamiento que la Agencia Tributaria acaba dando a los previsibles errores y carencias materiales de las declaraciones ante la falta de documentos que, según han alertado entidades como UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autònomos) y el Consejo General de Economistas (CGE), pueden darse como consecuencia del cierre temporal de negocios y las restricciones de la movilidad.
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¿Qué impuestos hay que declarar hasta el día 20?
Estos son, en cualquier caso, los impuestos cuya declaración comienza este 1 de abril, en pleno estado de alarma por la pandemia:
IRPF: Las 1,32 millones de empresas con plantilla, los 328.665 autónomos con empleados, las administraciones por sus trabajadores, la Seguridad Social por los pensionistas y el SEPE por los desempleados tienen que declarar, e ingresar en su caso, las retenciones a cuenta de quienes cobran de ellos, a lo que se suma la obligación de hacer lo propio, para todo tipo de sociedades y trabajadores por cuenta propia, con las retenciones de los servicios profesionales contratados.
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IVA: Tienen que presentar liquidaciones del IVA los 3,449 millones de empresas y profesionales con tráfico comercial que operan en España, con carácter trimestral en la mayoría de los casos y con la excepción de la parte de las 33.448 grandes sociedades que, tras la puesta en marcha del SII (Sistema de Información Automática), optaron por las declaraciones mensuales, que lo reducen a ese periodo.
Sociedades: La obligación de declarar este tributo afecta a 1,6 millones de empresas, que deberán presentar autoliquidaciones por sus resultados reales de enero a marzo o por un 18% de los beneficios del año anterior en función de la fórmula por la que hubieran optado antes de finalizar el pasado ejercicio.
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Alquileres: Empresas y profesionales están obligados a practicar retenciones en las rentas que pagan por el alquiler de los locales en los que desarrollan su actividad, de las que ahora tienen que declarar e ingresar las tres primeras mensualidades.
Aplazamientos: Según los datos de la Agencia Tributaria, la posibilidad de aplazar los pagos afecta a la gran mayoría de las empresas y autónomos censados para cada impuesto, ya que, junto con las de menor entidad que el año hubieran superado los seis millones de facturación (fueron 32.027 en 2017), únicamente 4.700 a efectos de IRPF, 33.448 en el IVA y 23.525 en Sociedades tienen la consideración de gran empresa.
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Campaña de la renta: La Agencia Tributaria sostiene que mantener la campaña de la renta supone, en la práctica, una inyección de dinero, especialmente para las familias. Se refiere a la devolución de las retenciones, que en realidad es un dinero cobrado de más y de manera anticipada a los contribuyentes. Su cuantía lleva un lustro situándose en el entorno de los 10.000 millones de euros, que estos recuperan sin intereses.
¿Qué pasa en otros países?
El presidente del Consejo General de Economistas, Valentín Pich, sostiene que el Gobierno español se aparta de "las políticas fiscales que se están implementando en todos los países de nuestro entorno y en muchas de nuestras comunidades autónomas" y asegura que "estos aplazamientos –que no condonaciones– no supondrían un gran trastorno para las arcas del Estado y aportarían liquidez a las empresas en un momento crítico como que el que estamos viviendo".
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"¿No es incongruente que se estén avalando créditos para las empresas con dificultades para que paguen, entre otras cosas, impuestos y cuotas a la Seguridad Social, cuando sería tan fácil diferir temporalmente estos pagos?", se pregunta.
Un estudio elaborado por el CGE concluye que en 22 países europeos, entre ellos Alemania, Francia, Italia, Portugal, Bélgica, Países Bajos, Austria y Dinamarca, han ampliado los plazos de declaración y/o de liquidación de los impuestos a la totalidad del tejido empresarial.