La Fiscalía pide archivar la causa contra Zapata por su tuit sobre Irene Villa
Irene Villa no se sintió ofendida
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MADRID.- La Fiscalía ha pedido a la Audiencia Nacional que archive la causa seguida contra el concejal de Ahora Madrid Guillermo Zapata por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo, al entender que el chiste que reprodujo sobre Irene Villa en la red social Twitter no incluía expresiones "laudatorias " a ETA y su finalidad no fue causar "sufrimiento" a ella ni al resto de víctimas del terrorismo.
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Zapata difundió el 31 de enero de 2011 un tuit desde su antigua cuenta @casiopeaexpress en el que decía 'Han tenido que cerrar el cementerio de las niñas de Alcàsser para que no vaya Irene Villa a por repuestos'. El mismo día reprodujo un chiste sobre el Holocausto: "¿Cómo meterías a cinco millones de judíos en un 600? En el cenicero".
El Ministerio Público recuerda que tener una "voluntad y finalidad ofensiva" es un elemento imprescindible para que pueda existir el delito de humillación de víctimas del terrorismo
El Ministerio Público recuerda que tener una "voluntad y finalidad ofensiva" es un elemento imprescindible para que pueda existir el delito de humillación de víctimas del terrorismo y recuerda que, en este caso, Zapata ya ha expresado en reiteradas ocasiones su condena a ETA y al antisemitismo, así como sus disculpas a quienes han podido sentirse dolidos por sus palabras.
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Irene Villa no se sintió ofendida
Tras resaltar que tampoco hay datos de que Zapata haya participado en actividades de apoyo a ETA o mostrado su satisfacción con el dolor que causan los atentados, el fiscal destaca que no publicó ninguna referencia al "criminal atentado" que sufrió durante su infancia Irene Villa, que no se ha sentido "ofendida" por sus palabras.
Pedraz, que archivó el procedimiento tras interrogar como imputado a Zapata, consideró que sus chistes deben enamarcarse "en un ejercicio del derecho de expresión"
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El representante del Ministerio Público, que precisa que el chiste "se emitió con una finalidad distinta de la de inferir sufrimiento a la misma", concluye que el tribunal no debe valorar delitos que no son competencia de la Audiencia Nacional, ni tampoco "el nivel de civismo" del comportamiento del edil.