Diez avances y cinco tareas pendientes en una Ley de Autónomos con lagunas
La norma, que reduce la brecha fiscal, bonifica cotizaciones, amplía la tarifa plana y mejora el tratamiento de la maternidad, pero no aborda reclamaciones clave del sector como adecuar las cotizaciones a la facturación ni entra en sus dificultades para acceder a financiación.
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ZARAGOZA, Actualizado:
La Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo, aprobada este jueves por unanimidad en la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso, incluye mejoras tributarias y sociales para este sector, que hoy supone más de la cuarta parte de los ocupados (3,2 millones más 872.425 asalariados), pero no abordar sus reivindicaciones clave, aunque los pone sobre la mesa y activa su debate.
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En este sentido, el texto, que soslaya cualquier modificación del régimen del IVA, omite cualquier referencia a vincular la cotización a la facturación (aunque UPTA logró que ese debate vaya a la Subcomisión del Pacto de Toledo), deja prácticamente intactos el sistema de cobertura de bajas y el régimen de pensiones y elude regular un programa de relevo pese a que 700.000 trabajadores por cuenta propia se jubilan en los próximos diez años.
La ley, que incluye 27 enmiendas transaccionadas por los cuatro partidos del centro-derecha y ocho literales del PP al texto original de C’s, tampoco aporta novedades sobre los Trade (autónomos dependientes) o los falsos autónomos, ni entra tampoco en las dificultades que los trabajadores por cuenta propia encuentran para financiar su actividad, pese a referirse a ella en la exposición de motivos.
Esta señala cómo a una “mayor dificultad [que las empresas] para conseguir financiación bancaria debido a las exigencias de avales y al limitado patrimonio personal” se le suman otros dos problemas clave: la morosidad y “los elevados plazos de pago de los clientes, sobre todo por parte de las Administraciones Públicas”, y, por otro lado, el hecho de soportar “una mayor carga financiera del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) al tener que anticipar en numerosas ocasiones el [pago a Hacienda del] impuesto devengado a sus clientes sin haberlo cobrado”.
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Los diez principales bloques de novedades de la Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo, cuyo texto admite implícitamente que sigue habiendo numerosas lagunas en su regulación cuando se refiere a “la necesidad de seguir avanzando en el desarrollo de nuevas medidas de apoyo a todo lo que significa la actividad emprendedora”, son los siguientes:
Dieta, furgoneta y local
La medida estrella de la nueva ley consiste en considerar deducibles en el IRPF hasta 26 euros diarios de manutención, gastados en locales de restauración, pagados con medios electrónicos y justificados documentalmente, a la que se suma la posibilidad de deducirse un 5% del rendimiento económico anual, con el límite en 2.000 euros, como “gastos de difícil justificación”. Los gastos de consumo, mantenimiento y amortización de los automóviles afectos a la actividad (con rótulos y cristal trasero tintado) serán deducibles en el IRPF, y los autónomos sin local podrán deducirse un 30% de “los suministros de agua, gas y electricidad [de su espacio de trabajo], salvo que el contribuyente o la Administración Tributaria prueben un porcentaje superior o inferior”. También será deducible el gasto en internet.
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Tarifa plana
La ley amplía de seis a doce meses el periodo de la cuota de cotización de 50 euros por la base mínima y sitúa en el 80% de la cuota mínima la tarifa plana para bases superiores también durante un año. El segundo año, las bonificaciones serán del 50% y el 30%. Reduce de cinco años a dos el periodo de ausencia del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) para acceder a ellas.
Conciliación
Los autónomos que se hagan cargo de menores de doce años o de familiares de hasta segundo grado (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos suegros y cuñados) dependientes y/o con discapacidades físicas del 33% y psíquicas del 66% tendrán derecho a doce meses de bonificación del equivalente a la cuota del año anterior.
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Familiares
Los autónomos tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota de contingencias comunes durante un año si, sin haber efectuado despidos improcedentes o EREs irregulares en los doce meses anteriores, contratan como indefinidos a parientes de hasta segundo grado y afines y los mantienen en plantilla al menos seis meses. También podrán contratar, con todos los derechos salvo el desempleo, a hijos menores de treinta años, y mayores de esa edad si padecen parálisis cerebral, enfermedades mentales o discapacidades físicas o sensoriales superiores al 33%.
Pluriactividad
Los autónomos que compaginen su trabajo por cuenta propia con otro como asalariados tendrán derecho a recuperar “el 50% del exceso” de sus cotizaciones sobre una cifra que establecerán cada año los Presupuestos del Estado. Se cobrará el 1 de mayo.
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Pensiones
La compatibilidad de un trabajo con el cobro del 50% de la pensión se eleva al 100% para los autónomos con asalariados mientras los tengan contratados, lo que sería la primera piedra para un futuro modelo de relevo generacional en este sector.
Recargos
Se reducen del 20% al 10% para todos los pagadores a la Seguridad Social (tato autónomos como empresas empleadoras) en el primer mes de retraso en el ingreso de las cuotas.
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Altas, bajas y cuotas
Los autónomos podrán fechar las tres primeras altas en el RETA de un año en el día que se produzcan, aunque a partir de la cuarta seguirán datándose, a todos los efectos, el día 1 del mes en el que se produzcan. Podrán cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año (hasta ahora estaba limitado a dos) con efecto al primer día del trimestre siguiente.
Accidentes in itinere
Pasa a tener el tratamiento de accidente laboral in itinere el que pueda sufrir un trabajador por cuenta propia al ir o al volver del local en el que ejerza su actividad de manera habitual, siempre que no coincida con su domicilio y se trate de un local, una nave o una oficina que tenga declarada como afecta a efectos fiscales.
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Cinco tareas pendientes
El Consejo del Trabajo Autónomo estatal debe ser creado en el año siguiente a la entrada en vigor de la ley. Las asociaciones de autónomos más representativas (UPTA y ATA, entre otras) serán declaradas de utilidad pública, lo que conlleva ventajas fiscales, y las organizaciones interterritoriales pasarán a actuar formalmente como agentes sociales en materia formativa. Quedan por determinar las condiciones de acceso a la jubilación parcial de los autónomos y la posibilidad de contratar a jornada completa o parcial trabajadores que los releven en su negocio. La subcomisión para el estudio de la reforma del RETA deberá establecer en qué consiste la habitualidad, especialmente en el caso de los trabajadores por cuenta propia cuyos ingresos anuales no superan el Salario Mínimo Interprofesinal, y cómo se articula la cotización a tiempo parcial dentro de este colectivo.
“Ahora empieza el verdadero trabajo, que consiste, a partir de la reforma ue aprueba el Congreso, en actualizar y modernizar un sistema como el RETA, que cumple ahora cincuenta años desde esa subcomisión”, señala Eduardo Abad, secretario general de UPTA (Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos).