El Constitucional no ampara a los afectados por la talidomida
La Audiencia ya analizó los daños sufridos
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MADRID.- El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de amparo presentado por la Asociación de Afectados por la Talidomida (Avite) contra la sentencia del Tribunal Supremo para que pudieran ser indemnizados por la farmacéutica que comercializó en España este fármaco, indicado en los años 60 para las náuseas en el embarazo hasta que se descubrió que provocaba malformaciones en el feto.
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En ese momento, Avite avanzó que estudiaba recurrir el caso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (Francia) con independencia de cuál fuera el fallo del Constitucional. Pese a que la asociación contaba con el apoyo de la Fiscalía en su recurso ante el Supremo, el pleno confirmó la interpretación de la Audiencia Provincial de Madrid de considerar que la acción de reclamación estaba prescrita por haber transcurrido con creces, incluso en la hipótesis más favorable para los afectados, el plazo de un año establecido en la ley para el ejercicio de este tipo de acciones.
La Audiencia ya analizó los daños sufridos
Para determinar que la responsabilidad había prescrito, los magistrados de la Audiencia Provincial analizaron la naturaleza o el tipo de daño que sufrieron hace más de 50 años las víctimas de la talidomida en España. El tribunal sentenciador concluyó que en su mayoría se trataba de "daños permanentes", cuyos efectos quedaron determinados al nacer, por lo que debieron reclamarse por los perjudicados como máximo en el plazo de un año desde que cumplieron su mayoría de edad.