El Constitucional admite a trámite el recurso de Vox contra la ley del 'sólo sí es sí'
El partido ultra centra su recurso en la supuesta vulneración de la presunción de inocencia por cómo se regula el consentimiento en la norma y en la unificación de los delitos de abuso y agresión.
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madrid, Actualizado:
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por más de cincuenta diputados del Grupo
Parlamentario Vox contra la ley del sólo sí es sí.
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En concreto, Vox recurrió la disposición final cuarta, la disposición final séptima y la disposición final decimoséptima de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, conocida como la ley del sólo sí es sí.
Los recurrentes consideran que se han podido vulnerar, entre otros derechos y
principios constitucionales, la presunción de inocencia, la prohibición de indefensión y la seguridad jurídica, derivada del modo en que se regula el concepto de "consentimiento" en el marco del nuevo delito de agresión sexual. Y también el principio de proporcionalidad de las penas, por la unificación en un solo tipo penal (agresión sexual) de lo que antes eran dos (abuso y agresión sexual), según informa el TC.
Por otra parte, el TC ha avalado las abstenciones de los magistrados Juan Carlos Campo y Laura Díez para los recursos de la ley del solo sí es sí, la votación de la reforma laboral y el 25% del castellano en las aulas catalanas, al tiempo que ha designado ponente para que lleve a un próximo pleno su propuesta sobre las recusaciones de Vox contra el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, Campo, Díez y María Luisa Segoviano, en el marco del recurso que presentó por la última reforma del Código Penal.
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Laura Díez ha optado por abstenerse del recurso por la eliminación del 25% del castellano en las aulas catalanas porque firmó varios dictámenes del Consejo de Garantías Estatutarias de Cataluña, en calidad de vicepresidenta, a favor de no imponer dicho porcentaje del castellano en las aulas de la comunidad autónoma.
Respecto a Juan Carlos Campo, su abstención del recurso de la ley del solo sí es sí está provocado porque era ministro del Gobierno cuando se redactó la norma. En cuanto a su abstención por el recurso del PP y Vox por la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, de no repetir la votación sobre la reforma laboral, su relación con Batet le hace recusable y así lo entiende el pleno del TC.
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Hay que recordar que el PP, Vox y el diputado 'popular' Alberto Casero recurrieron al TC la decisión de Batet de dar por buena la votación sobre la reforma laboral pese a que Casero alegó un fallo en el sistema de votación para justificar su voto positivo a una de las reformas clave del Gobierno de coalición.
Además, el pleno ha admitido a trámite otros recursos de inconstitucionalidad: el presentado por el presidente del Gobierno contra el decreto del Gobierno de Aragón por el que se adoptan medidas excepcionales y urgentes en la contratación pública en la comunidad; el de Unidas Podemos y otros grupos parlamentarios contra el Decreto-Ley 8/2022, de 27 de septiembre, de la Junta de Andalucía por el que se modifica la Ley 2/2003, de 12 de mayo, de transportes urbanos y metropolitanos de viajeros en Andalucía.
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También se ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el presidente del Gobierno contra el artículo 12 de la Ley de la Generalitat de Cataluña 1/2022, de 3 de marzo, de modificación de la Ley 18/2007, la Ley 24/2015 y la Ley 4/2016 para afrontar la emergencia en el ámbito
de la vivienda.
El pleno del TC ha designado a la magistrada Inmaculada Montalbán como ponente para la recusación del magistrado Ricardo Enríquez en el recurso sobre el derribo de la Isla de Valdecañas. Y al propio Enríquez se le ha encomendado estudiar el incidente de recusación de Vox contra cuatro magistrados (Conde-Pumpido, Segoviano, Díez y Campo) en su recurso contra la última reforma del Código Penal que eliminó la sedición.