Cargando...

¿Qué consecuencias legales puede tener la publicación de los audios de Fernández Díaz?

Posible denuncia contra Público

Publicidad

El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, durante la campaña electoral. EFE/Alejandro García

Actualizado:

@lorenaescribano

MADRID.- Las grabaciones de las conversaciones entre el exdirector de la Oficina Antifraude de Catalunya, Daniel de Alfonso, y el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz, en la que conspira contra los líderes políticos del movimiento soberanista catalán, pueden tener consecuencias desde el punto de vista legal. Estas consecuencias se podrían dar tanto para Fernández Díaz como para Público, en caso de llevarse a cabo por un lado la querella que Convergència ha anunciado contra el ministro y por otro, la denuncia que el propio ministro estudia interponer contra este diario.

Publicidad

Uno de los motivos para que la prueba fuera declarada nula es que ni De Alfonso ni el ministro reconocieran haber hecho esas manifestaciones, cuando ambos llevan días reconociendo su autoría

Click to enlarge
A fallback.

Sin embargo, habría dos supuestos en los que las grabaciones sí serían una prueba válida. El primer supuesto, explica Bosch, se daría en caso de que uno de los dos reconociera ser el responsable de las grabaciones: “Si lo grabó uno de los dos y ha permitido su difusión, la prueba sería perfectamente válida”.

Posible denuncia contra Público

En cuanto a las posibles acciones penales que Fernández Díaz estudia tomar contra este diario, tal y como afirmó el propio ministro, ambos expertos señalan que los periodistas pueden acogerse al secreto profesional y, por tanto, “no revelar sus fuentes de información, por lo que Público no tendría ningún problema desde el punto de vista legal”, asegura el portavoz de Jueces para la Democracia.

Publicidad

“Si no se demuestra que 'Público' tiene conexión con la propia grabación, no habría cometido ningún delito porque le ampararía el derecho a la información”

González Vega señala, por otra parte, que el ministro podría tratar de exigir responsabilidades a Público por difundir o revelar las grabaciones “con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento”, según recoge el segundo párrafo del artículo 197.3 del código penal.

Publicidad

“Si hay una colisión entre el derecho a la información y el de la intimidad, prevalece el derecho a la información cuando se trata de cargos públicos y la información tiene interés general”

González Vega apunta, además, que “la lectura del código penal hay que leerla en clave constitucional”: “Es evidente que esto es un hecho noticiable, particularmente relevante desde el punto de vista político, por tanto en la colisión de valores constitucionales, probablemente prevalezca más el interés informativo”, añade el portavoz de Jueces para la Democracia.

Publicidad