Madrid
Actualizado:El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a Convergència Democràtica de Catalunya (CDC) de 6,6 millones de euros que tendrá que devolver por cobrar comisiones ilegales a través del Palau de la Música, pero ha rebajado sensiblemente la prisión al extesorero del partido Daniel Osácar.
En la sentencia, la Sala de lo Penal del alto tribunal ratifica las penas contra los principales implicados en el caso Palau. Estas son 9 años y 8 meses de prisión y multa de 4,1 millones de euros, a quien fue máximo responsable de la institución Félix Millet; y 7 años y 6 meses de prisión y multa de 2,9 millones, al también exresponsable de la misma entidad Jordi Montull.
Además, ambos deberán devolver 23 millones a las estructuras del Palau (Consorci, Fundació y Associació), cuyos fondos desviaron en provecho propio.
Sí que rebaja el Supremo las condenas a la exresponsable financiera del Palau Gemma Montull, hija de Jordi, que pasa de 4 años y 6 meses de prisión a 4 años con multa de 2,6 millones de euros; y al extesorero de CDC Daniel Osácar, de 4 años y 5 meses de prisión a 3 años y 6 meses con multa de 3,7 millones.
La Sala le rebaja la pena al absolverle del delito de tráfico de influencias, porque "no consta acreditado que por obra adjudicada, siendo el recurrente tesorero de CDC, Ferrovial abonara comisión".
"Aunque -añade- sí consta que en esa condición hizo llegar a Convergencia, con maniobras de diversa índole, entre las que se encontraban la mendacidad documental, que además ocultaban su origen, las comisiones que abonaba de modo aplazado Ferrovial, por obras adjudicadas con anterioridad a ser nombrado tesorero".
El Supremo, en sentencia de 440 páginas de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo, mantiene el resto de condenas de prisión: 2 años al abogado Raimón Bergós, 1 año y 9 meses al abogado Santiago Llopart y 8 meses al asesor fiscal Edmundo Quintana.
Los otros cinco condenados por la Audiencia de Barcelona (con penas de entre 8 meses de prisión y 1 año y 9 meses), que eran empresarios, no recurrieron sus condenas al Supremo.
Sí que lo hizo CDC, una formación ya extinta que fue sustituida por el PDeCAT, aunque la sentencia no especifica si el nuevo partido deberá asumir la devolución de los 6,6 millones de euros.
La Audiencia será quien resuelva sobre el decomiso por las ganancias obtenidas en el cobro de mordidas de la constructora Ferrovial, una gestión de la que se ocupaban Millet y Jordi y Gemma Montull tras ser pactadas con el entonces extesorero Osácar.
"Desde un inicio y la dinámica delictiva probada lo muestra, el objeto del tráfico era la consecución de estas dádivas para el partido Convergencia; sin perjuicio de que otros actores se llevaran su parte por prestar el Palau a esas transferencias dinerarias, pues era servicio remunerado, precisamente por el logro de que la parte que aquí contemplamos de esas referidas comisiones, llegara a Convergencia", indica la resolución.
Queda probado el pago de comisiones de hasta el 4% por parte de Ferrovial a CDC a cambio de adjudicaciones de obra pública en Catalunya promovidas por entidades autonómicas o locales, cuyos gobiernos regían miembros de dicha formación. Adjudicaciones, dice la sentencia, que requerían el "necesario influjo" de "determinadas personas" de la extinta formación.
Los pagos se escondían bajo la simulación de patrocinio de las actividades del Palau. Por su mediación, Millet y Montull percibían el 1,5% del total de la comisión, y el porcentaje restante lo hacían llegar a Convergencia por tres vías: en efectivo a los tesoreros del partido, a través de simulados convenios con la Fundación afín Trías Fargas (luego CatDem), o con facturas de servicios prestados a CDC, como si en realidad fueran para el Palau.
Viajes privados, gastos de boda, reformas de viviendas particulares o directamente el desvío de fondos desde el Palau a Millet y Montull. Hechos que también acreditó la Audiencia de Barcelona hace ya dos años y que ahora se confirman.
Como asimismo las falsificaciones para justificar cantidades, la venta a la institución cultural catalana de locales propios a un precio superior al de mercado o la facturación de "servicios inexistentes" desde sociedades controladas por ambos pero formalmente administradas por sus respectivas esposas.
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