Cargando...

Báñez reduce a cuatro los contratos y apuesta por la precariedad para crear empleo

"Es el momento del trabajo a tiempo parcial", asegura la ministra. También da más poder a las mutuas para reducir el absentismo y amplía el tiempo de reducción de jornada del trabajador para cuidar a sus hijos

Publicidad

El contrato a tiempo parcial es la fórmula que ha elegido la ministra de Empleo, Fátima Báñez, para combatir la destrucción de empleo. El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un decreto ley para fomentar este tipo de contratos como vía de creación de puestos de trabajo en un momento en que, afirma, se comienza a recuperar el crecimiento económico, ya que esta modalidad es menos utilizada en España que en la media de los países desarrollados.

Publicidad

En la rueda de prensa posterior al Consejo, la ministra  ha explicado que la norma también incluye la simplificación de los modelos de contrato y medidas destinadas a fomentar la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, sobre todo de los jóvenes.

Click to enlarge
A fallback.

Báñez ha señalado que la contratación a tiempo parcial supone el 20,9% de media en los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), mientras que en España su uso es del 14,6%. Si bien es cierto que con la reforma laboral, los empleos a jornada completa han ido perdiendo terrero en favor de los contratos a tiempo parcial, por lo que la norma viene a asentar este tipo de contratación.

No tiene Báñez tapujos en decirlo, a su juicio, "es el momento" del trabajo a tiempo parcial, razón por la que se ha decidido flexibilizar este tipo de contratos y permitir que el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores se suscriba también a tiempo parcial.

Publicidad

Para ello, el Gobierno ha aprobado el real decreto ley de mejora de la contratación estable y la empleabilidad de los trabajadores permitirá que los trabajadores con contratos a tiempo parcial hagan horas complementarias hasta un 90% de la jornada pactada siempre que hayan sido contratados de manera indefinida y la ampliación de horario sea pactada y voluntaria.

Hasta ahora, estos trabajadores podían realizar horas complementarias (pactadas con el empleador) con un tope del 60% de la jornada, fuera el contrato indefinido o temporal. Si bien, la reforma laboral abría la puerta a la realización de horas extras.

Publicidad

Con la nueva regulación, estos trabajadores podrán pactar horas complementarias hasta un 60% de la jornada (el 30% de la jornada por ley y hasta ese 60% si se pacta en convenio), siempre que el trabajador esté contratado al menos 10 horas semanales de promedio. En este caso, el plazo de preaviso para la realización de horas complementarias se reduce de 7 a 3 días para agilizar la organización de las empresas.

Ahora bien, a este 60% de la jornada se podrá sumar otro 30% en horas complementarias voluntarias, hasta el 90% de la jornada pactada, que funcionan de la misma manera que las horas extraordinarias y cuya remuneración también se puede fijar por convenio, para las que no hace falta preaviso. La diferencia en este caso es que sólo se podrá llegar a este tope si el contrato a tiempo parcial es de carácter indefinido.

Publicidad

Estas horas extraordinarias tienen un límite de 80 horas anuales para la jornada a tiempo completo, límite que no existe para las complementarias. Además, las horas extraordinarias pueden acumularse en horas de descanso, mientras que en las segundas tampoco existe esta posibilidad.

 

Publicidad

Empleo también ha reducido los más de 42 modelos de contratación que existen en la actualidad a cuatro: indefinido, temporal, en prácticas y de formación y aprendizaje.

Desde el 1 de enero, estará en marcha un "asistente virtual" que facilitará la contratación por vía telemática, una herramienta pensada sobre todo para pymes y autónomos, aunque también para los trabajadores que quieran conocer el tipo de contrato que le quiere hacer su empleador.

Publicidad

Se ha elevado el tiempo en que el trabajador puede  reducir su jornada para cuidar de hijos Asimismo, se ha elevado el tiempo en que el trabajador puede disfrutar de una reducción de jornada por cuidado de hijos, hasta que éstos cumplan 12 años, y se ha reducido a un mes como máximo el periodo de prueba para los contratos temporales de seis meses.

También se permitirá la realización de contratos para la formación y el aprendizaje sin necesidad de hacerlo dentro de un título de Formación Profesional o certificado profesionalidad.

Publicidad

Además, se han incluido medidas de impulso del empleo juvenil en línea con el plan de implantación en España de la garantía juvenil europea, que ya ha sido remitido a Bruselas y que cuenta con el consenso de los interlocutores sociales y las comunidades autónomas, según ha dicho la ministra.

El plan tiene cuatro líneas de actuación principales que son el fomento de la contratación de los jóvenes, el impulso al emprendimiento, el aumento de la empleabilidad y la mejora de la intermediación laboral.

Publicidad

Por otra parte, Báñez ha informado este viernes de que las mutuas harán un seguimiento de las bajas laborales desde el primer día y pedirán el alta cuando lo consideren oportuno, aunque el servicio público de salud tendrá siempre la última palabra al respecto.

La ministra ha destacado que el servicio público de salud dispondrá de un periodo de 5 días para decidir si da el visto bueno o no a esa solicitud y ha añadido que en el caso de que no haya respuesta se entenderá que el trabajador supera esa incapacidad temporal.

Publicidad

Esta es una de las normas incluidas en el proyecto de ley de reforma de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que, según Báñez, pretende mejorar la eficiencia en el control de las prestaciones, el absentismo, la mejora de la salud y la prevención de los riesgos laborales.

Publicidad