La Audiencia Nacional fija los criterios para aplicar el derecho al olvido
La cancelación de datos se realizará ponderando los derechos en conflicto y al tener en cuenta la naturaleza de la información, su caracter sensible o por el tiempo transcurrido para la publicación de los datos de una persona
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La Audiencia Nacional establece los criterios para reconocer el derecho al olvido, tras la sentencia del TJUE por una cuestión prejudicial que planteó. Ha notificado 18 sentencias al respecto, de las que en 14 desestima los recursos de Google. Además, tiene una veintena de recursos por resolver. En todos los casos se seguirán las pautas establecidas en esta primera sentencia.
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Los magistrados explican que se trata de un tratamiento de datos inicialmente lícito, de datos exactos por parte de Google pero que dado el tiempo transcurrido no son necesarios en relación con los fines para los que se recogieron o trataron.