La Audiencia Nacional condena a los jóvenes de Altsasu pero no ve delito de terrorismo
Los ocho jóvenes reciben penas máximas de entre 2 y 13 años de cárcel por los delitos de atentado, lesiones, desórdenes públicos y amenazas con el agravante de abuso de superioridad y odio. La Sala considera que actuaron por motivos ideológicos y de animadversión a la Guardia Civil. Son condenados
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Madrid, Actualizado:
La Audiencia Nacional ha condenado a los ocho jóvenes de Altsasu (Navarra), acusados de agredir en 2016 a dos guardias civiles y sus parejas durante las fiestas, a penas que oscilan desde lo 2 años a los 13 años de prisión por los delitos de atentado, lesiones, desórdenes públicos y amenazas con el agravante de abuso de superioridad y odio.
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No fue terrorismo, pero tampoco una pelea de bar, dice la sentencia. La Sala destaca "notabilísima gravedad" de las agresiones y descarta que exista terrorismo en contra de lo que sostenía la Fiscalía, que pedía penas de 12 a 62 años de cárcel por cuatro delitos de lesiones y amenazas terroristas.
Admite la Sala que algunos acusados forman parte del movimiento Ospa (Fuera), en el que subyace un "propósito claro" de alimentar el clima contrario y de rechazo a la Guardia Civil del País Vasco y Navarra. Pero la sentencia concluye que durante el juicio no se ha probado que los jóvenes hubieran asumido los postulados de ETA, ni consta su vinculación directa, ni su pertenencia a dicha organización terrorista. También tiene en cuenta la edad de los acusados, que eran menores cuando ETA anunció en 2011 el cese de su actividad armada. Además, tampoco considera probado el requisito de la “finalidad” terrorista de las agresiones y que exigido por la jurisprudencia.
Por otro lado, la Sala descarta también la versión del altercado de bar que esgrimían las defensas, por la "brutalidad" de las agresiones, la falta de auxilio a las víctimas y porque los procesados sabían que eran guardias civiles y actuaron con animadversión hacia ellos.
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Ahora bien, el tribunal aplica las penas máximas previstas en el Código Penal para cada uno de los delitos al considerar que existió el agravante de abuso de superioridad y odio ya que el número de agresores era superior al de las víctimas -tanto dentro como fuera del bar-, lo que creó una situación clara de superioridad respecto de las víctimas, que disminuyó notablemente su posibilidad de defenderse.
La sentencia explica que impone las penas más altas porque “no puede permitirse que en el siglo XXI, y en un Estado democrático y de derecho, se prive a unas personas, solamente porque tengan la condición de Guardias Civiles y a sus novias, de poder moverse en libertad por la localidad de Alsasua, y que solamente pueden acudir a determinados lugares y no pueden salir por la noche a pasar un rato de ocio y diversión”.
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Motivos ideológicos
Aquella madrugada del 14 al 15 de octubre de 2016 los ocho acusados -siete de ellos de entre 21 y 24 años de edad y un octavo de 31-, actuaron guiados “por su clara animadversión y desprecio hacia la Guardia Civil y por motivos muy claramente ideológicos, intentado expulsar a dicho estamento de la localidad”, según considera el tribunal en su resolución dada a conocer este viernes.
La sentencia sostiene que fue Jokin Unamuno, condenado a 12 años de prisión, quien inició actos de hostigamiento a los dos guardias civiles y sus novias, secundado por Ohian Arnanz, condenado a 13 años de prisión, y Jon Ander Cob, condenado a 9 años de cárcel.
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El tribunal condena además a Iñaki Abad a 13 años de prisión, seguido por Adur Ramírez de Alda (12 años), así como Julen Goicoetxea y Aratz Urrizolaortigosa (9 años cada uno).
Todos los acusados son condenados por los delitos de atentado a agentes de autoridad y lesiones excepto Ainara Urquijo, quien ha sido condenada por delito de amenazas y desórdenes públicos a dos años de prisión. En el caso de Abad y Arnanz se les condena también por desórdenes públicos.
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La máxima pena de cada delito que reciben los condenados es de tres años de prisión, por lo que el límite máximo de cumplimiento en la cárcel será de 9 años en total (el triple de la pena mayor). En el caso de Urquijo, su condena máxima es de un año.
Descarta la pelea de bar
La sentencia destaca la "significativa profesionalidad" de los guardias civiles, que no se dejaron llevar por la agresividad frente a las provocaciones y la violencia desplegada contra ellos, así como la valentía y el "aplomo" de sus novias. El tribunal se ha basado en el testimonio de una de ellas, que había sido compañera de instituto de varios procesados y que ha tenido que abandonar Altsasu por miedo y se encuentra en tratamiento psicológico.
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El tribunal presidido por la magistrada Concepción Espejel -recusada sin éxito por las defensas ya que está casada con un coronel de la Guardia Civil- descarta que la trifulca, ocurrida durante las fiestas de la localidad, fuera “una pelea de Bar o un pequeño incidente o discusión”.
Tanto en el interior del bar como en el exterior, señala la sentencia, “ la actitud de brutalidad adoptada por los acusados, el hecho de que las víctimas no fueran auxiliadas por ninguna persona presente en ese momento, tan solo el dueño del bar Koxka salió para ver si los hechos habían sido dentro o fuera y ofrecer su chaqueta a uno de los agredidos, el clima de violencia verbal de insultos, amenazas directas, etc…incluso después de que llegara una Patrulla de la Policía Foral a auxiliar a los agredidos, denota que no se trató, sin más de lo que podríamos denominar un simple altercado, o como se dice vulgarmente, una pelea de bar”.
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"Os ha pasado por bajar al pueblo"
La sentencia relata cómo fue la agresión, que comenzó en el bar Kotxa de Altsasu la madrugada del 15 de octubre de 2016. Los guardias civiles y sus parejas estaban tomando unas consumiciones y comenzaron unos insultos de boca de uno de los acusados, Ohian Arnanz, que llamó al teniente "madero".
La tensión en el interior del bar se fue incrementando, hasta que las cuatro víctimas fueron rodeadas por un grupo de unas 25 personas que les gritaban para que se fueran con expresiones como "os vamos a matar por ser guardias civiles", "hijos de puta", "cabrones" o "txakurras" (perros).
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Los agresores empezaron entonces a golpearlos y formaron una especie de pasillo para que salieran del bar, donde recibieron "golpes, patadas y puñetazos" por parte de los acusados y por "otro número importante de individuos que se iban congregando y que no han llegado a ser identificados totalmente".
La agresión continuó en la calle en una situación de gran crispación y violencia y el teniente cayó al suelo porque una de las patadas le produjo la rotura de la tibia y el peroné. Fue en la calle cuando la única mujer condenada le dijo en tono intimidatorio a la novia del sargento: "Esto os ha pasado por bajar al pueblo, cada vez que salgáis os va a pasar lo mismo".
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El tribunal destaca el "claro, rotundo, contundente y coincidente" testimonio de las víctimas en el juicio, que, unido a las otras pruebas, acredita que los acusados eran "plenamente conscientes" de que los agredidos eran miembros de la Guardia Civil y de hecho actuaron por su animadversión al cuerpo.
La sentencia, que no es firme, fija una indemnización total de 90.000 euros queque deberán pagar los condenados de manera solidaria a los guardias civiles y sus parejas.
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El cumplimiento máximo en cárcel de cada uno de los condenados tiene siempre un límite del triple de la pena mayor que recibe. Esta es la relación de penas: