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La Audiencia deja libre a otro etarra y diseña un plan que escalona excarcelaciones

Se trata de Juan Manuel Píriz, que ha estado en prisión más de 29 años. La Sala de lo Penal acuerda reunirse cada viernes para decidir qué presos salen de la cárcel. Es el primer preso de ETA al que se extiende

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La Audiencia Nacional ha ordenado este viernes poner en libertad al etarra Juan Manuel Píriz López en aplicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que este lunes derogó la doctrina Parot. Píriz, condenado por asesinato y otros delitos a 61 años de cárcel, lleva en prisión desde 1984, es decir, más de 29 años, y su salida estaba prevista para febrero de 2014. Si no se le hubiera aplicado la doctrina Parot debería haber salido de la cárcel hace 4 años, en 2009.

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La importancia de la excarcelación de Piriz es que es la primera en que la Audiencia ha extendido a otro preso de ETA el criterio reflejado en la sentencia del Ttribunal  Europeo de Derechos Humanos sobre Inés del Río, que quedó en libertad el pasado martes. Fuentes jurídicas destacaron que, además del criterio de Estrasburgo, se ha tenido en cuenta también la doctrina que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo españoles establecieron el año pasado sobre intangilidad de las resoluciones judiciales firmes, que suavizó notablemente la aplicación de la 'doctrina Parot'.

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El tribunal no comunicará el auto hasta dentro de unos días, ya que algún magistrado ha planteado voto particular concurrente a la decisión, es decir, de acuerdo con la resolución pero con discrepancias en los razonamientos jurídicos, y se esperará para hacer públicos conjuntamente ambos escritos, según señalaron a Público fuentes de la Sala. 

Juan Manuel Piriz abandonó a las 17.00 horas de este viernes la prisión de Botafuego, en Algeciras (Cádiz), donde estaba encarcelado. Ha salido de la cárcel a pie y se ha marchado en una furgoneta. Una quincena de amigos y familiares han aguardado su salida y le han recibido con aplausos y abrazos, portando dos banderas, una ikurriña y otra blanca con la palabra "Amnistía".

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Por otra parte, el Pleno de la Sala de lo Penal, presidido por el juez Fernando Grande-Marlaska e integrado hoy por 15 magistrados (dos estaban enfermos), ha decidido posponer hasta el 8 de noviembre la decisión sobre la etarra Josefa Mercedes Ernaga, una de las autoras del atentado de Hipercor de Barcelona (con 21 muertos) y que acumula condenas por más de 900 años de cárcel. La Audiencia ha considerado menos urgente este caso dado que, aunque no se le aplicara la doctrina Parot, Ernaga no saldría de la cárcel hasta diciembre de 2014.

Sobre las otras 51 peticiones de aplicación de la sentencia del TEDH, la Sala ha decidido que sean el Supremo y el Constitucional los que se ocupen de resolver los casos de los presos de ETA que tienen presentado recurso en esos tribunales. En esa situación se encuentra aproximadamente la mitad del medio centenar de etarras que ha pedido que se le aplique la sentencia dictada por Estrasburgo.

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El resto de las peticiones se examinarán por el Pleno de la Audiencia, que se reunirá semanalmente los viernes a partir del 8 de noviembre para tratar escalonadamente esta cuestión. No se ha comunicado en qué orden la Audiencia irá analizando los casos de las peticiones de estos etarras, pero sí que se ha dado un plazo de tres días a la Fiscalía para que exponga su criterio en cada supuesto.

Para liberar a Piriz, la Audiencia dice que no sólo ha tenido en cuenta la sentencia de Estrasburgo, sino también la doctrina marcada por el Constitucional en mayo del año pasado en el caso del preso de ETA Peio Etxebarría Lete, que posteriormente ha ido siendo aplicada también por el Supremo en relación a otros reclusos. Esa resolución supuso una suavización notable de la aplicación de la 'doctrina Parot', al elaborar una doctrina sobre la intangibilidad de las resoluciones judiciales firmes (en el sentido de que no pueden ser modificadas).

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Ello suponía que la 'doctrina Parot' no podía aplicarse a los casos donde existiese una decisión judicial firme que hubiese refundido con anterioridad las condenas a un preso al límite de los 30 años de prisión, En esos casos, las redenciones de pena operaban sobre esos 30 años, y no de forma sucesiva a todas sus condenas, como decía el Supremo en su sentencia sobre Parot.

El acuerdo adoptado este viernes por la Sala de lo Penal de la Audiencia pasa la pelota de solucionar las peticiones de los presos de ETA al Constitucional y al Supremo en más de una veintena de casos. El TC tiene pendientes de resolver 22 recursos de amparo de reclusos etarras contra la aplicación de la doctrina Parot, y el Supremo, otros cinco. Este último tribunal ha fijado para el próximo 12 de noviembre un Pleno para tratar esta cuestión, mientras que el Constitucional no tiene fecha de momento.

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Las defensas de los estos reclusos reclaman su salida inmediata de la cárcel argumentando que ya debería haberse producido si no se les hubiera aplicado la doctrina Parot, que establecía que las redenciones de penas por trabajo establecidas en el Código Penal de 1973 debían aplicarse al total de años de condena y no al límite de 30 años de cumplimiento máximo. En este sentido, esgrimen la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que declaró el pasado lunes que España debía excarcelar e indemnizar con 30.000 euros a la miembro del comando Madrid Inés del Río por aplicarle la doctrina Parot con carácter retroativo.

El preso de ETA cuya excarcelación acordó este viernes la Audiencia, Juan Manuel Piriz López, fue detenido el 17 de febrero de 1984 en Baracaldo (Vizcaya) cuando tenía 22 años, en una operación policial en la que resultó herido grave de bala. Fue condenado por el asesinato de un exmilitante de ETA, Mikel Solaun Angulo, aparte de por delitos de atentado, pertenencia a banda armada y tenencia ilícita de armas. En total, 61 años de cárcel. Había estado en prisión previamente entre 1981 y 1983 por el secuestro del entonces secretario general del Partido Comunista de Euskadi (PCE) Roberto Lertxundi.

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Pese a no ser, ni de lejos, uno de los miembros de ETA con un historial más sangriento, va a ser uno de los que más tiempo haya pasado en prisión. Ha cumplido 29 años y 8 meses de cárcel, prácticamente los 30 que es el máximo que la ley permite. Sin la aplicación de la doctrina Parot, debía haber salido en 2009.

Es natural de Santurce y vecino de Portugalete, ambas localidades vizcaínas. Su última cárcel ha sido la de Botafuego, en Algeciras (Cádiz), de la que va a salir con 51 años de edad

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En cuanto a Josefa Mercedes Ernaga Esnoz, fue miembro del comando Barcelona de ETA y acumula más de 900 años de cárcel por el atentado contra el Hipercor de Barcelona que se produjo el 19 de junio de 1987, en el que murieron un total de 21 personas. Con la 'doctrina Parot', saldría de la cárcel el 27 de agosto de 2017, y sin ella, el 17 de diciembre de 2014.

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