Archivada la causa contra dos jóvenes acusados de quemar una foto del rey en la Diada de Mallorca
El Ministerio Fiscal, única parte acusadora personada en el proceso, ha pedido el sobreseimiento de la causa al no estar suficientemente justificada la perpetración del delito contra la Corona.
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MALLORCA,
El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha archivado la causa abierta contra dos jóvenes por supuesto delito contra la Corona por quemar una fotografía del Rey durante la Diada de Mallorca de 2016 en Palma, al no poder determinar a quién corresponde la imagen de la misma.
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En un auto el juez recuerda que se abrió un procedimiento contra Jaume M. y Enric A. por denuncia de la Fiscalía "en base a los hechos acaecidos el 30 de diciembre de 2016 durante los actos llevados a cabo en la denominada Diada de Mallorca", concretamente en el concierto que se celebró en el parque de Ses Estacions de Palma.
En concreto, se denunciaron "imágenes de la quema de la fotografía del rey Felipe en las que aparecen los investigados, publicadas en la prensa local de Palma y en páginas de Twitter".
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 2 señala que se han practicado las diligencias interesadas por el Ministerio Fiscal que han sido posibles en relación con los archivos de vídeo publicados, salvo la solicitada a Twitter, "toda vez que esta compañía ha comunicado que no va a responder a la solicitud efectuada por el Juzgado dada la naturaleza del delito investigado".
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La resolución explica que el Ministerio Fiscal, única parte acusadora personada en el proceso, ha interesado el sobreseimiento de la causa al no estar suficientemente justificada la perpetración del delito.
Y ello "ante la mala calidad de las imágenes obtenidas de Twitter que se contienen en el CD aportado por la Policía, que no permiten determinar a quién corresponde la fotografía que se quema en las mismas por los investigados y teniendo en cuenta la comunicación recibida por Twitter", razona el juez.
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El magistrado apunta que es de aplicación lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal a tenor de la cual, si el Ministerio Fiscal y el acusador particular solicitaran el sobreseimiento de la causa, lo acordará el juez.