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La alianza contra la infamia

¿Es posible establecer canales de seguridad para el tránsito de migrantes o refugiados? ¿Favorecen las políticas migratorias la trata de personas al dificultar su entrada? ¿La solución puede limitarse a un cierre de fronteras y programas de seguridad? Son preguntas que una pionera organización internacional, GAATW, intenta responder coordinando las experiencias vividas en la trata de personas en cualquier rincón del mundo.

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Las imágenes de miles de refugiados cruzando las fronteras hacia la Unión Europea demuestran la compleja problemática a la que se enfrenta la comunidad internacional. Cercados por la necesidad, muchos de ellos terminan en organizaciones ilícitas para superar las trabas físicas o burocráticas que desde los Estados de destino se imponen para impedir su acceso. Mientras en Europa debatimos por cupos y alambradas, la Alianza Global contra la Trata de Mujeres (GAATW, en sus siglas en inglés) ya señalaba a finales de los noventa en dos informes publicados en 1997 y 1999 una idea tan evidente como reveladora: “La violación de los derechos humanos es al mismo tiempo causa y consecuencia de la trata”.

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Tal y como sucede en numerosas ocasiones tenemos las herramientas legales para frenarlo, pero no la voluntad política. El artículo 3 del protocolo de Palermo de 2000, que complementa la convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transaccional, propone los parámetros precisos para definir “la trata de personas” basado en tres conceptos fundamentales: captación, amenaza y explotación. Diferenciando de este modo entre tráfico de personas y trata. El primero se limita a ofrecer una vía para entrar en un país de forma ilegal, pudiendo obtener un beneficio económico, como ocurre con las pateras en España. La segunda, en cambio, incluye cualquier tipo de abuso de poder o violencia y el fin último es la explotación. Desde la GAATW se incide además en otra diferencia relevante que establece el protocolo: “Si son mayores de edad, debe de existir engaño, coacción o fuerza como medio utilizado para reclutar a la persona. En el caso de las niñas o los niños, no es necesario. Siempre que se reclute, transporte, transfiera, acoja o reciba a un menor para ser explotado es trata, independientemente de si se ha utilizado o no la fuerza para convencerlos”. June Saetang, encargada de captación y formación con entidades miembro de la GAATW, recalca por su parte que “es necesario indagar en las especificidades de cada caso o población para que puedan recibir los servicios o ayudas que correspondan. Por ejemplo, una niña es sujeto susceptible de ser protegida pero en la mujer adulta no se pueden obviar sus deseos, decisiones y su capacidad de actuar. Es importantísimo que dejemos de tratar a las mujeres como víctimas indefensas sin voz ni voto en sus procesos personales”.

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