TEGUCIGALPA
Actualizado:Teodora del Carmen Vásquez de Saldaña, de 34 años, cumplió diez de prisión el pasado 13 de julio. Una década entre rejas acusada de haber matado a su hija recién nacida. Esta mujer lleva casi 3,650 días encerrada por un delito que siempre ha negado. Su parto, dice, fue espontáneo y el feto nació muerto. Teodora cuenta con el apoyo de organizaciones como Amnistía Internacional o Human Rights Watch, que han lanzado campañas exigiendo su libertad.
El próximo 8 de diciembre, esta mujer humilde, que trabajó desde muy niña, madre de otro hijo al que apenas ve porque desplazarse hasta la cárcel es muy costoso, tiene otra oportunidad. El Tribunal de Segunda Sentencia del Centro Integrado de Justicia Penal Doctor Isidro Menéndez, de San Salvador, El Salvador, revisará su causa. Una última opción de abandonar la prisión de Ilopango antes de los 30 años a los que fue sentenciada. Una oportunidad para eludir la pena ya escrita que dice que recuperará la libertad cuando cumpla 54 años.
Vásquez forma parte del grupo de “las 17”, como han dado en llamar en El Salvador a las mujeres sentenciadas por “homicidio agravado”, que es como se tipifica la acusación de, supuestamente, acabar con la vida de sus hijos al momento del nacimiento. Sin embargo, ellas alegan haber sufrido complicaciones obstétricas, problemas médicos al dar a luz. Se les conoce como “Las 17” porque esos eran los casos de los que se tenían constancia al momento de comenzar la campaña en 2014, cuando se presentaron otras tantas solicitudes de indulto al Congreso.
En realidad, son al menos al menos 31 mujeres las que guardan prisión por casos similares, según datos de La Colectiva Feminista, una agrupación salvadoreña que defiende los derechos de la mujer. En las últimas dos décadas, más de un centenar de mujeres fueron procesadas en El Salvador, uno de los seis países del mundo en los que el aborto está completamente prohibido bajo cualquier circunstancia. Aunque la mujer haya sido violada o su vida corra peligro. Los otros son Nicaragua, Honduras, República Dominicana, Malta y El Vaticano.
Vásquez vuelve a recordar aquel 13 de julio de 2007, una historia que ha relatado infinidad de veces a periodistas, jueces, policías, abogados, activistas
“Mi bebé ahora tendría diez años, pero las cosas no siempre salen como una espera”, reflexiona Vásquez desde la cárcel de Ilopango, a 12 kilómetros de San Salvador, la única prisión exclusiva para mujeres en ese país. Es jueves por la mañana, falta un día para que cumpla una década entre rejas, y toca talleres. Reclusas de diversos módulos se reúnen en un patio para preparar la escenificación del musical “Mamma mía” y elaborar el decorado. Colabora con ellas la oenegé Tiempos Nuevos Teatro (TNT), que desarrolla diversos programas en prisión. La estancia es colorida, tiene plantas y una sensación diáfana, todo lo contrario a las celdas superpobladas en las que se hacinan diariamente. La cárcel tiene capacidad para albergar a 800 privadas de libertad, pero su población real es de 2,800. Se trata del centro penitenciario más hacinado de El Salvador. Cuando pase la mañana, regresarán a ese entorno hacinado y hostil en el que permanecen la mayor parte del tiempo. No, las cosas no siempre salen como una espera.
Vásquez vuelve a recordar aquel 13 de julio de 2007, una historia que ha relatado infinidad de veces a periodistas, jueces, policías, abogados, activistas. Se encontraba trabajando como limpiadora en el Liceo Canadiense. Estaba embarazada de nueve meses. A las 14:00 horas no sentía dolor alguno. Sabía que le tocaría dar a luz en cualquier momento; estaba pendiente. Una hora después, su jefe la envió al mercado a hacer unos mandados. Iba con varias compañeras. Fue entonces cuando comenzaron los dolores.
“Regresé sobre las 18:00 Me dolía la espalda. No podía enderezarme. Pensé que ya iba a nacer”, explica. Se sentó en una silla, solicitó un celular y llamó al 911 en varias ocasiones. Al menos, cinco o seis veces. No llegó nadie. Empezó a llover. “Me sentía frustrada porque no llegaba nadie”, afirma.
Pidió dinero a su jefe para ir al hospital; este le entregó US$20. Sola, sentada en una grada, con la bolsa preparada para ir al centro médico, esperaba que llegaran por ella. Y nada.
A las 20:00 horas, sintió ganas de orinar, fue al servicio -en el que no había luz-, se bajó los pantalones y los calzones y sintió que “algo cayó”. Se desmayó. Tambaleándose, regresó a la grada, dejando un resto de sangre del que ni siquiera era consciente. Un empleado del lugar, ya fallecido y que se convirtió en principal testigo en su contra, encontró el feto y llamó a la policía.
—¿Por qué lo hiciste? —le preguntó uno de los agentes que la rodeaban.
—Has matado a tu bebé. —Le sentenció
—No lo he hecho, —respondió ella.
—Me desmayaba a cada rato. Me subieron al carro y me esposaron, —recuerda.
Un país jurídicamente conservador
El Salvador es un país profundamente conservador en términos jurídicos. La reforma de su Constitución de 1999, promovida por el partido derechista Arena, “reconoce como persona humana a todo ser humano desde el instante de la concepción”. Este es el punto de vista en el que se apoyan los sectores más conservadores y religiosos, que son muchos, para exigir que se persiga cualquier tipo de interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo. Es un argumento que puede escucharse igual en Centroamérica, Europa o Estados Unidos. Da igual que esta posición no esté ni siquiera compartida por la comunidad científica y que tenga más de debate filosófico. Se trata de uno de los mantras de los grupos que se llaman a sí mismos “pro vida”. La Constitución Política de Guatemala hace la misma referencia al igual que la de Alemania. Lo que diferencia al caso salvadoreño es la aplicación de estas tesis en el Código Penal.
En 1998, la Asamblea Legislativa de El Salvador reformó este código, para eliminar las causales (malformaciones graves, violación, peligro de muerte para la madre) que desde 1974 regulaban la interrupción voluntaria del embarazo, e incrementar las penas. Desde entonces en ese país se persigue a la mujer que aborte, con penas de entre dos y ocho años de cárcel. Se persigue al personal sanitario que colabore, con hasta cinco años de prisión. Se persigue a quien no denuncie a un tercero. También se incluyó el delito de “homicidio agravado”, que es el que se aplica a mujeres que aseguran haber sufrido complicaciones en el parto, y que tiene penas de hasta 40 años. Como explica Dennis Muñoz, abogado de la plataforma por la despenalización del aborto: “es una guerra contra las mujeres”.
Actualmente sólo existe una mujer condenada por aborto, aunque se encuentra en libertad condicional. La acusación contra las que ahora están en prisión es de “homicidio agravado”. El abogado de Teodora denuncia que son estigmatizadas. Que se les juzga como si fuesen culpables antes incluso de presentar pruebas. Según Muñoz, “existe una presunción de culpabilidad” y no de inocencia, como dicta la doctrina jurídica. Víctor Hugo Mata, abogado defensor de Teodora Velásquez, añade el elemento de clase. “El derecho penal agarra más a la gente pobre que a la clase media o la rica”, dice. Ninguna de las mujeres en prisión por problemas obstétricos tenía una posición económica acomodada.
Teodora Vásquez, dicen sus abogados, es un ejemplo de esta condena previa.
“En el hospital pasé una noche. Estaba esposada por un pie. Un policía me llamaba ‘perro’ y me insultaba. Me trató muy feo. Yo me sentía impotente”, cuenta Teodora. Del hospital fue trasladada a las bartolinas del juzgado, donde permaneció 12 horas. Antes, los agentes habían avisado a la prensa. La grabaron. La expusieron. Mientras otras reclusas se preparaban para darle una paliza, porque ya habían sido advertidas por la televisión, su familia (padre, madre, hijo), se enteraba de que estaba detenida y que le acusaban de matar a su recién nacido. Ella apenas había tenido tiempo para darse cuenta de la situación en la que se encontraba. De estar esperando su segundo hijo pasaba a encontrarse a las puertas del penal.
Dos versiones, un prejuicio y una autopsia contradictoria
“Me hicieron una audiencia. Me pedían 75 años de cárcel”, recuerda Vásquez.
En este punto, una mujer que acaba de perder a un hijo, confusa y débil, con problemas de salud (nunca se determinó cuánta sangre había perdido), se encuentra sentada ante el juez que, en un primer momento, decidirá si la envía o no a prisión. La fiscalía la acusaba de la muerte de su hija recién nacida. Necesita un abogado. Consigue a uno por US$400, pero no le sirve de mucho ya que le envían a la cárcel a la espera de juicio. “En la audiencia estuvo presente (el abogado), pero me dijo que si no le daba más dinero, no regresaría”, recuerda. El letrado le preguntó si tenía un carro o terrenos con los que pagarle. Ante la negativa, desapareció y nunca más supo de él.
Siete meses después tuvo lugar la audiencia pública. Como Vásquez no tenía abogado ni podía pagárselo (su padre es agricultor y su madre ama de casa, por lo que apenas disponen de recursos), le asignaron uno de oficio. Este dispuso de once horas para prepararse el caso. Apenas la conoció un día antes. Poco margen para afrontar un caso en el que la acusada se juega media vida.
Los magistrados José Luis Giammattei Castellanos, María del Pilar Abrego Archila y Alejandro Guevara Fuentes, condenaron a Teodora Vásquez a 30 años de cárcel por homicidio agravado. La acusaban de haber dado a luz a una niña, dejarla en el retrete y tirar de la cadena.
Los jueces dieron crédito a la versión de sus acusadores. No creyeron la de la mujer penada que asegura que ella quería tener al bebé, que se trató de un problema obstétrico, que no tuvo ayuda para dar a luz, que se desmayó y perdió la conciencia.
“Le ha agregado otro elemento que no sustenta científicamente. Hay un mal procedimiento. Ella no fue de ninguna manera, no hubo dolo homicida”
La autopsia es la clave para determinar la causa de un fallecimiento, especialmente si no existen testigos directos de lo sucedido que puedan aportar en el juicio. En este caso, hay diferencias entre lo que se firmó en un primer momento y lo que se afirmó en el proceso legal, ocho meses después. En su primer estudio, el doctor Alfredo Adolfo Romero Díaz, aseguró que la causa de la muerte de la bebé era la “asfixia perinatal”. Es decir, un accidente por el cual la recién nacida deja de recibir aire antes, durante o después del parto. Luego, prosigue: “El estudio microscópico del tejido pulmonar reporta los espacios alveolares hay retención de líquidos, los vasos sanguíneos se encuentran congestionados. Condiciones que son sugestivas de que el recién nacido nació vivo y posteriormente fallece por una asfixia perinatal”.
Según esta autopsia, la madre quedaría exonerada del delito.
A pesar de ello, durante el juicio celebrado en 2008, Romero añadió elementos a su declaración. Ante la sala, ratificó lo recogido en la autopsia pero añadió que, a su parecer, “se demuestra que el bebé respiró al nacer, que en el presente caso se trata de una asfixia mecánica y se encontraron signos de asfixia por sumersión”.
El abogado Víctor Hugo Mata, que representa a Vásquez en la vista de revisión, cree que existe una “contradicción” que no puede utilizarse para condenar a su cliente. “Le ha agregado otro elemento que no sustenta científicamente. Hay un mal procedimiento. Ella no fue de ninguna manera, no hubo dolo homicida”, argumenta. Aprovecha para explicar que este es un caso que, por desgracia, se repite. “Este es un cuadro típico. Hay un 15 por mil de partos intempestivos, partos abruptos, no son abortos. Se trata de partos en una forma involuntaria. Las mujeres, al ir al baño, cuando están allí, les sale en bloque todo. Y ella en este momento, por el desgarro, cae desmayada”, dice.
Entre sus argumentos, poner en cuestión las “contradicciones” de la autopsia
Este es uno de los argumentos que el letrado utilizará en la vista del 8 de diciembre. Según explica, uno de los comunes denominadores en estos casos es que, a pesar de no existir pruebas concluyentes, bastan los indicios para imponer altísimas penas de prisión.
Que los magistrados hayan aceptado revisar el caso ya es una pequeña victoria, indica Mata. Su defensa está basada en siete puntos, los mismos que presentaron ante el Congreso salvadoreño para reclamar el indulto. Entre sus argumentos, poner en cuestión las “contradicciones” de la autopsia y denunciar que Vásquez no tuvo presunción de inocencia, que venía con la sentencia escrita de antemano. Sobre la posición que pueden tomar los jueces, el abogado explica que existen tres opciones: que se ratifiquen en su sentencia previa, que duden y cedan la decisión a otro tribunal o que sean ellos mismos los que enmienden su propio fallo.
[Texto completo en Plaza Pública]
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