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El TC avala la ley que obliga a las autonomías a aportar sus medios ante una situación de crisis

¿Qué es una situación de interés para la seguridad?

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Edificio del Tribunal Constitucional en Madrid. 

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EL BOE NUESTRO DE CADA DÍA.- El BOE recoge este lunes una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que desestima casi la totalidad del recurso presentado por la Generalitat de Catalunya hace un año contra la nueva Ley de Seguridad Nacional. El Gobierno catalán considera que la norma vulnera sus competencias en cuanto a seguridad y protección civil, pero el TC responde que el ejercicio de las competencias estatales en caso de una situación de interés para la seguridad nacional, la nueva figura creada por la ley, encajan en el mandado de la Constitución.

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La Generalitat de Catalunya recurrió tres de sus preceptos: el que establece que será el Gobierno el encargado de diseñar la Estrategia de Seguridad Nacional (4.3), el que otorga al Presidente del Gobierno la competencia de declarar la situación de interés para la seguridad nacional (15.c) y el artículo 24, que establece entre otras cosas la obligación de todas las autoridades de aportar medios humanos y materiales para responder ante esa situación. En concreto, lo que dice la ley es que:

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¿Qué es una situación de interés para la seguridad?

El recurso catalán también pone en duda la definición de "estado de interés para la seguridad nacional", que considera imprecisa y genérica. El TC no entra a juzgar ese punto de la ley, puesto que el artículo que la regula, el 23, no estaba incluido entre los recurridos por la Generalitat.

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