Cargando...

Siete años después, la sanción del Banco de España al expresidente de Caja Castilla La Mancha es firme

- La entidad le impuso en 2009 dos multas que sumaban 130.000 euros
- Hernández Moltó recurrió ante la Audiencia Nacional y el Tribual Supremo
- Hace un año fue condenado a dos años y multa de 30.000 euros por falsear las cuentas 

Publicidad

Juan Pedro Hernández Moltó

EL BOE NUESTRO DE CADA DÍA.- El BOE recoge este jueves una resolución que declara firmes, tras un largo periplo por los tribunales, dos sanciones que el Banco de España impuso en 2009 a Juan Pedro Hernández Moltó, presidente de Caja Castilla La Mancha hasta la intervención de la entidad en 2009. Las dos multas, por infracciones muy graves de la ley de las entidades bancarias, suman 130.000 euros.

Publicidad

Antes de presidir la entidad entre 1999 y 2009, Hernández Moltó fue diputado del PSOE, concejal, consejero y secretario general del partido en Castilla La Mancha.

Click to enlarge
A fallback.

La primera sanción, por deficiencias en los sistemas de control interno que pusieron en peligro la viabilidad de la entidad, se resolvió con 85.000 euros y tres años de inhabilitación para trabajar en el sector de la banca. La segunda, por no contar con los recursos mínimos necesarios para cubrir sus operaciones, es de 45.000 euros y dos años de inhabilitación.

Hernández Moltó recurrió ante la Audiencia Nacional, que lo desestimó en 2013. Entonces acudió al Tribunal Supremo, ante el que presentó un recurso de casación. El pasado diciembre, el tribunal considero que no había lugar al recurso. Así, tras casi siete años, el BOE recoge hoy de nuevo las multas para hacerlas efectivas.

Publicidad

En paralelo, durante todo ese periplo judicial para valorar la sanción administrativa, el expresidente de Caja Castilla La Mancha fue juzgado en la Audiencia Nacional por la quiebra de la entidad. Hace un año, fue condenado por manipular las cuentas de la entidad a dos años de inhabilitación y una multa de 29.970 euros. Eso sí, fue absuelto de administración fraudulento y no se amplió la pena por considerar que no había habido "enriquecimiento personal".

Publicidad