Madrid
Actualizado:La tramitación parlamentaria de ciertas normas nuevas y reformas legislativas plantean posibles límites al derecho constitucional a la libertad de expresión, que algunos colectivos y expertos están denunciando últimamente. En el horizonte hay al menos dos leyes que incluyen restricciones a estos derechos saltándose la tutela judicial efectiva: la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y la Ley Integral LGTBi.
En primer lugar, la futura LOPD, en tramitación parlamentaria, pone encima de la mesa serias dudas acerca de la regulación del derecho al olvido. En el informe de la ponencia de la reforma (PDF), que fija el texto que se debatirá en el Congreso de los Diputados, se incluyen una serie de enmiendas que amplían el alcance de la norma: el propio título propuesto incluye la coletilla "y garantía de los derechos digitales".
Se trata de una apuesta del diputado del Grupo Socialista Artemi Rallo, quien en su día fue director de la Agencia Española de Protección de Datos y es un firme defensor de incluir un título completo (el Título X), sobre "garantías de los derechos digitales". En él, en su artículo 85, propone una ampliación del derecho de rectificación mediante la obligación, para "los responsables de redes sociales, plataformas digitales y servicios de la sociedad de la información equivalentes", de disponer de "protocolos efectivos" para que los usuarios puedan ejercer este derecho.
Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación, ya recoge este derecho, y obliga a que un juez se pronuncie sobre el asunto en el caso en el que existe una discrepancia. Así pues, la inserción de una figura que obligue a los prestadores de servicios a establecer "protocolos efectivos" podría abrir la puerta a una suerte de 'censura administrativa' al prescindir de los jueces para el ejercicio de este derecho.
"Pasamos del derecho al olvido al derecho de amnesia"
Hace unos días, la Plataforma en Defensa de la Libertad de información (PDLI) y la Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP) pidieron a los parlamentarios que evitasen utilizar "la excusa de las noticias falsas" y la desinformación para "tratar de controlar la información en Internet".
"Con este artículo pasamos del derecho al olvido al derecho de amnesia", señalaba en una nota el director legal de la PDLI y abogado especializado en derecho de las tecnologías, Carlos Sánchez Almeida. "No podemos olvidar que el derecho al olvido comunitario ya es un límite excesivo a la libertad de expresión. Pero intentar legislarlo 'a la española', endureciéndolo aún más, es simple censura, y además contrario a la normativa comunitaria", añadió.
Por más que se trate de un intento de establecer un marco autorregulatorio, como declaró hace meses el propio Artemi Rallo a este diario, tanto la PDLI como la FeSP alertan de que la extensión del derecho de rectificación a empresas que son meras plataformas privadas de intermediación —son los usuarios, no ellas, quienes generan los contenidos—, "podría desembocar en la aceptación, por defecto, de cualquier solicitud que se les presente sin entrar en consideraciones sobre la justificación o no, desde el punto de vista periodístico o informativo, de esa alteración que se les demanda, para evitar ser sancionadas".
¿Una agencia estatal sancionadora contra la LGTBifobia?
Otro ejemplo de propuesta potencialmente limitadora de la libertad de expresión es la que recoge la Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales. Para abreviar, se la conoce como la futura Ley Integral LGTBi.
Este proyecto, presentado por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, recoge demandas históricas de erradicación de situaciones de discriminación, "para asegurar que en el estado español se pueda vivir la diversidad afectiva, sexual y familiar con plena libertad". No obstante, en su articulado, se incluyen preceptos que, de nuevo, pretenden sustraer la figura del juez a la hora de valorar si una expresión es sancionable.
De esta forma, en su artículo 8 prevé la creación de una Agencia Estatal contra la discriminación por orientación sexual, identidad de género, expresión de género y características sexuales con capacidad sancionadora. En este artículo (y en el 91) se recoge que "será competencia de la Agencia Estatal la incoación, de oficio o a instancia de terceros, inspección, instrucción, resolución y ejecución de los expedientes sancionadores dimanantes de las infracciones contenidas en la presente Ley".
"En cuestiones de libertad de expresión, lo que no es delito es legal"
En cuanto al régimen sancionador (artículo 94), se recogen multas que van desde 3.000 a 45.000 euros según la gravedad de la infracción. La propuesta recoge como faltas leves, por ejemplo, "proferir, por cualquier medio o procedimiento, expresiones, imágenes o contenidos gráficos de cualquier tipo que sean ofensivas o vejatorias, por razón de orientación sexual, identidad o expresión de género o características sexuales contra las personas LGTBI o sus familias", o "deslucir bienes muebles o inmuebles" por idénticas razones.
Las infracciones graves o muy graves, además de recoger la reincidencia en los casos mencionados, incluyen por ejemplo la difusión de contenido vejatorios "en internet" o que el prestador de servicios no retire "inmediatamente" esos contenidos indeseables.
La pasada semana, el abogado y experto Borja Adsuara volvía a poner el foco en este proyecto de normativa, que calificaba de "nueva ley 'mordaza'" a través de su cuenta de Twitter. "En cuestiones de libertad de expresión, lo que no es delito es legal", resume su postura en conversación telefónica con este diario.
¿Y las 'leyes mordaza' que ya tenemos?
La Ley de Seguridad Ciudadana, con sus modificaciones al Código Penal y a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, supuso hace ya más de tres años y medio todo un arsenal de medidas que ponían un importante coto a los derechos a la libertad de expresión y de manifestación.
En la agenda del PSOE, antes de ganar la moción de censura del pasado mes de junio, se encontraba de forma inequívoca su derogación "urgente". Ya el pasado año expertos y juristas advertían de que esa derogación no iba a ser suficiente. Luego, y en virtud de un documento interno, supimos que la postura del partido quedaba matizada: no se derogaría por completo, sino que que se reformaría.
El Congreso retoma este martes los trabajos para reformar la Ley de Seguridad Ciudadana
Ahora, el Gobierno se plantea tramitar en lo que queda de año la derogación de algunos artículos de esa ley. Tal y como recoge el calendario legislativo que maneja el Grupo Socialista, el acuerdo necesario está muy avanzado, aunque hay discrepancias todavía en cuanto a qué artículos se derogarán. Hay que tener en cuenta además que, al tratarse de una Ley Orgánica, cualquier modificación requiere la mayoría absoluta en ambas cámaras (176 diputados en el Congreso), con la particularidad de que en el Senado es el PP quien dispone de mayoría absoluta.
La Comisión de Interior del Congreso retomó este martes los trabajos para reformar la Ley de Seguridad Ciudadana, que llevaba meses encallada en el Congreso y que IU pidió formalmente reactivar hasta en dos ocasiones.
En la Cámara existen dos proposiciones de ley sobre aquella ley que promovió el PP en la etapa del ministro Jorge Fernández Díaz: una del PNV para modificarla y otra del PSOE para derogarla directamente. Tras meses de prórrogas, los grupos presentaron sus enmiendas a uno y otro texto a finales del pasado febrero y los letrados concluyeron que había que convocar dos ponencias con los mismos diputados para alumbrar una única proposición de ley conjunta.
Ahora, casi medio año más tarde, los diputados han decidido retomar los trabajos, que tomarán como base el texto reformista del PNV, no la derogación total prometida en su día por el PSOE. Queda pues 'mordaza' para rato.
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