La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid retomará hoy las deliberaciones de los 23 recursos interpuestos contra las escuchas ordenadas por le juez Baltasar Garzón. Si sus recursos prosperan, podrían desarticular la trama Gürtel.
La posibilidad de que se declare ilegal parte o todas las escuchas telefónicas practicadas por Garzón entre los cabecillas de la Red Gürtel y sus abogados en prisión podría poner en peligro la totalidad del proceso en el que se investiga la trama de corrupción ligada a administraciones del PP al producirse la denominada Teoría de los frutos del árbol envenenado.
Esta teoría se fundamenta en que todos aquellos medios de prueba que, aún siendo lícitos, tienen su origen en los resultados que se obtienen a partir de una actuación ilegal, son ineficaces y, por tanto, no gozan de ninguna virtualidad en el proceso judicial. Es la misma estrategia que utilizó el PP para desactivar el Caso Naseiro , que lo implicaba presuntamente en una red de financiación ilegal en la primera época de José María Aznar, en 1990.
El pasado miércoles, Francisco Javier Vieira, José Manuel Suárez Robledano y Emilio Fernández iniciaron las deliberaciones para llegar a un acuerdo sobre los recursos que podría provocar la nulidad parcial o total de las escuchas telefónicas.
Fuentes del TSJM indicaron que, una vez que la Sala llegue a un acuerdo, el ponente redactará un auto en el que se motivará la decisión alcanzada por los magistrados.
En el caso de que se decrete la nulidad de las conversaciones, los abogados defensores podrían solicitar la nulidad de otras pruebas como declaraciones solicitadas a raíz de las intervenciones realizadas en la cárcel, en base a la citada Teoría de los frutos del árbol envenenado.
El abogado Ignacio Peláez, que defiende a José Luis Ulibarri, explicó ayer a Europa Press que, en el caso de su cliente, su imputación se basa precisamente en la conversación que mantuvo en Soto del Real con Correa, Pablo Crespo y sus letrados cuando acudió en condición de abogado expresamente llamado.
'Fui a preparar mi estrategia de defensa porque se relacionaba a mi cliente con Correa y Crespo. Nunca sospechamos que se nos podía estar grabando. El contenido de la charla se utilizó para imputar a mi cliente, tal y como aparece en el atestado policial', indicó Peláez, quien adelantó que si se anulan las conversaciones, solicitará que se levanta la imputación sobre su patrocinado.
'Me da rabia que algunos medios nos critiquen por querer anular el proceso, pero la culpa es de Garzón y de las fiscales por permitir la ilegalidad de estas escuchas. La Fiscalía debe velar por la legalidad de las actuaciones, más aún cuando los abogados no podemos acceder a la causa. Si se anula, es por culpa del juez y las fiscales', aseveró.
Este mismo asunto está también en manos del Tribunal Supremo después de que haya admitido a trámite una querella interpuesta por este mismo letrado. A este querella se sumó el letrado de Francisco Correa, que participará en la causa como acusación particular.
El instructor del caso Gürtel, Antonio Pedreira, tiene previsto levantar el secreto del sumario de las actuaciones cuando la Sala Civil y Penal tome una decisión sobre los recursos contra las comunicaciones. No obstante, no se descarta que haya una prórroga más de las diligencias.
El pasado enero, el juez Pedreira ya avaló las escuchas al desestimar los recursos interpuestos por José Luis Izquierdo y Javier Nombela Olmos en el que solicitaban la nulidad de las resoluiones dictadas por el juez Garzón referidas a la intervención de las comunicaciones telefónicas.
Los letrados alegaron en sus recursos que las intervenciones violaban lo dispuesto en la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP), que reserva exclusivamente a los supuestos de terrorismo toda intervención de las comunicaciones entre un interno y sus abogados.
En el auto, la Sala de lo Civil y Penal criticó que 'la estrategia de los recurrentes consiste en confundir la intervención de las comunicaciones a un interno como medida de régimen penitenciaria, con la intervención de esas comunicaciones como medida de investigación adoptada en un procedimiento penal, de manera que las limitaciones de una se trasmitan a la otra'.
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