El juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Málaga ha desestimado la solicitud de un médico de cabecera del centro de salud Antequera-centro de Antequera de declararse objetor de conciencia a la Ley del Aborto. El juez considera que “el interés público que representa la atención adecuada en el sistema sanitario público” prevalece sobre el derecho a declararse objetor a la ley por motivos de conciencia. Asimismo, recuerda que el médico es un trabajador público.El auto, al que ha tenido acceso Público, destaca que el médico de familia no está implicado directamente en la interrupción voluntaria del embarazo. La propia norma establece que sólo pueden objetar los profesionales que realizan, directamente, el aborto.El médico pretendía evadirse de la obligación que establece la ley de informar a las mujeres que deseen abortar de las alternativas que tienen si quieren seguir con su embarazo y de derivarlas a los centros donde se les practicará el aborto. El juez considera que “al limitarse su quehacer”, aplicar la norma le supone “una afectación periférica a su derecho a obrar conforme a su conciencia”.La gerencia del ambulatorio donde trabaja el médico, el centro de salud Antequera-centro, ya desestimó la solicitud del facultativo en diciembre de 2010. Recordó al profesional que la Ley del Aborto “sólo ampara a los profesionales que están directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo”.El auto no es definitivo y cabe un recurso de apelación. No obstante, es la primera vez que un tribunal deniega a un médico de familia objetar a la Ley del Aborto. Obviando el contenido de la norma, centenares de facultativos de atención primaria han solicitado en los últimos meses inscribirse en los registros de objetores que han habilitado los colegios profesionales.