El 4 de mayo de 2006, a las siete semanas de que ETA declarara la penúltima tregua, una de sus redes de extorsión fue alertada de una operación policial inminente. Los probables autores del soplo fueron el entonces director de la Policía y dos de sus subordinados. Esta es la tesis que la Fiscalía defendió ayer ante el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y que, sin embargo, no les hace, a juicio del propio Ministerio Público, responsables de un delito de colaboración con organización terrorista .
El fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, aseguró que los presuntos autores del chivatazo tenían 'otras motivaciones' distintas a las de ayudar a ETA. Si a eso se le añade que ninguno mantiene la más mínima afinidad ideológica con la banda terrorista, la Fiscalía concluye que descarta la posibilidad de que incurrieran en un delito de colaboración con organización terrorista. Zaragoza no especificó cuáles eran esas 'otras motivaciones', pero sí aludió en su intervención al contenido de la grabación policial en la que el dueño del bar Faisán y miembro de la red de extorsión que fue alertado, Joseba Elosua, traslada a su yerno que la voz al otro lado le confesó que el soplo tenía como finalidad 'no fastidiar el proceso', según fuentes jurídicas.
Máxima división en el seno de los jueces de la Sala de lo Penal
Los argumentos de Zaragoza fueron seguidos, a puerta cerrada, por 14 magistrados, todos los miembros de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, a excepción de los tres que podrían llegar a juzgar a los acusados y la jueza Ángeles Barreiros, ausente por el fallecimiento de un familiar. Los magistrados deberán estudiar ahora los recursos de las defensas al procesamiento del exdirector de la Policía Víctor García Hidalgo; el jefe superior en Euskadi, Enrique Pamiés, y el inspector José María Ballesteros, por parte del juez instructor Pablo Ruz.
Serán todos ellos los encargados de decidir el futuro de los acusados y no sólo la Sección Segunda, después de que el presidente de la Sala, Javier Gómez Bermúdez, alegara una gran complejidad jurídica y lo elevara al pleno.
Los acusados siguen negando que cometieran cualquier delito
El debate se centra, más que en los recursos de las defensas, que piden la absolución, en si los procesados cometieron un delito de colaboración o sólo de revelación de secretos o encubrimiento. Las fuentes consultadas advierten de que las fuerzas del pleno están muy equilibradas entre los partidarios de una u otra opción.
De imponerse la tesis del fiscal, el caso Faisán saldría de la Audiencia Nacional para que un juzgado de Irún concluya la instrucción y dicte, en su caso, la apertura de juicio oral.
La Fiscalía recuperó ayer diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo para defender su tesis. Entre ella se encuentra la sentencia por la que el Alto Tribunal corrigió el fallo de la Audiencia Nacional que en 1993 condenó al abogado abertzale Álvaro Reizabal a tres años y el pago de 300.000 pesetas por colaborar con ETA mediando en el secuestro del empresario Manuel Jaureguiberri. En aquel caso, el Supremo dijo que, para que hubiera colaboración, debía existir 'una específica y preeminente intención de ayudar, contribuir o beneficiar las actividades de la banda terrorista' y que, si esta no se daba y aun así los terroristas ganaban, esto era sólo una 'consecuencia lógica'.
Frente a la Fiscalía y la acusación popular (PP, Unión de Oficiales de la Guardia Civil, AVT y Dignidad y Justicia), que insiste en que el caso sea juzgado en la Audiencia Nacional, se situaron los representantes de los procesados. Sus abogados defendieron ante el pleno de la Sala que el chivatazo no es obra de ellos y volvieron a enumerar los que consideran graves fallos de la instrucción. 'Un sólo día de condena supone la expulsión del Cuerpo', recordó María Ponte, abogada de Pamiés.
La defensa del jefe superior del País Vasco adjuntó ayer una tabla en la que comparaba el tráfico de llamadas entre los sospechosos principal argumento del equipo investigador los dos días previos al soplo con esos mismos días del mes anterior, resultando mayor en abril que en las horas que precedieron al chivatazo. También presentó el recorrido de Ballesteros por los tres puestos fronterizos de Irún basándose en la señal que fue dejando su teléfono móvil. El inspector habría pasado por ellos por orden de Pamiés, que quería conocer la presencia policial en la zona antes de cruzar la frontera para entrevistarse con un confidente, miembro de ETA.
El abogado de la AVT, Antonio Guerrero, expuso otra jurisprudencia, con condenas por colaboración con ETA a personas que sólo albergaron en su casa a amigos que resultaron miembros de la banda.
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