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El Tribunal de la UE dice que España cesó ilegalmente al expresidente y un exconsejero de la antigua CMT

En la sentencia, el TUE dictamina que el cese de estos dos cargos antes de la finalización de su mandato es contrario al derecho comunitario.

El expresidente de la extinta CMT, Bernardo Lorenzo / EFE

EUROPA PRESS

MADRID. - El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este miércoles que el cese de un expresidente y un exconsejero de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) con motivo de la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) fue contrario a la legislación comunitaria.

El tribunal europeo responderá así a una cuestión prejudicial solicitada por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo (TS) tras la denuncia del expresidente de la CMT Bernardo Lorenzo y del exconsejero del mismo organismo Xabier Ormaetxea acerca de sus ceses.

En la sentencia, el TUE declara en primer lugar que la normativa europea no se opone a la fusión de autoridades nacionales de reglamentación. Sin embargo, dictamina también que es contrario al derecho comunitario el cese del presidente y de un consejero antes de la finalización de su mandato "sin que estén previstas disposiciones que permitan garantizar que el cese no menoscaba la independencia de dicha autoridad".

El cese de Lorenzo y Ormaetxea, señala el tribunal, fue provocado por la "reforma institucional", puesto que se produjo antes de la finalización de los mandatos, de forma anticipada y por motivos distintos a los previstos en la ley.

Así, el TUE estipula que la legislación comunitaria se opone al cese anticipado de mandatos debido únicamente a una reforma institucional "en la medida en que no están previstas normas que garantizan que el cese no menoscaba la independencia y la imparcialidad de dicha autoridad".

La justicia europea explica que la legislación comunitaria no se opone a la fusión de autoridades nacionales de reglamentación con la condición de que se respeten los requisitos y garantías necesarios, así como que "incumbe al órgano jurisdiccional remitente comprobar que el organismo cumple las condiciones establecidas por la directiva marco de competencia, independencia, imparcialidad y transparencia".

Además, el TUE indica que los países de la UE deben velar por que los miembros de un órgano sólo puedan ser cesados en caso de que dejen de cumplir las condiciones requeridas para el ejercicio de sus funciones.

Por ello, subraya que deben establecerse desde el inicio las normas que detallen los motivos de cese del responsable de una autoridad nacional de regulación con el objetivo de "disipar cualquier duda razonable en cuanto a la neutralidad de este organismo y su impermeabilidad a factores externos".

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