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El Supremo anula las causas que justifican los ERE en el sector público

Las administraciones públicas ya no podrán esgrimir la "insuficiencia presupuestaria" a la hora de justificar despidos colectivos por causas económicas.

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Un grupo de funcionarios, el pasado verano, en una protesta en la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

Actualizado:

El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de CCOO y UGT contra el reglamento de los procedimientos de despido colectivo de 2012 y ha procedido a anular parte del artículo 35.3, en el que se determinan los criterios para definir la "insuficiencia presupuestaria" a la que pueden agarrarse las administraciones y entidades públicas a la hora de justificar despidos colectivos por causas económicas.

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El Supremo recuerda que la insuficiencia presupuestaria alegada por la Administración debe ser además "sobrevenida y persistente"

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El Alto Tribunal considera contraria al Estatuto de los Trabajadores la definición que se hace de este concepto de "insuficiencia presupuestaria".

Otra anulación 

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Además de la empresa, la autoridad laboral deberá seguir comunicando a la oficina de empleo los despidos colectivos

"El Supremo no considera de por sí ilegal atribuir ese deber de comunicación a la empresa, pero sin suprimir el deber de comunicación que las leyes atribuyen a la autoridad laboral", dijo el tribunal en una nota.

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