El Supremo admite el recurso de la Generalitat para que los gastos del almacén de gas Castor no los asuman los usuarios
La administración catalana considera que el coste de mantenimiento de la instalación de Castor no puede cargarse en las facturas del gas dado que se trata de una infraestructura que nunca ha entrado en servicio.
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MADRID.- El Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso contencioso-administrativo presentado por la Generalitat de Catalunya contra la orden de peajes del gas para 2015, al oponerse a que los gastos de mantenimiento del almacenamiento subterráneo de gas Castor se carguen a la factura del gas.
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La administración catalana considera que el coste de mantenimiento de la instalación, en su actual estado de hibernación, no puede cargarse a usuarios y consumidores dado que, entre otras razones, se trata de una infraestructura que nunca ha entrado en servicio, según han explicado fuentes del departamento de Empresa y Empleo. La cuota de mantenimiento de la instalación se eleva a unos 17 millones de euros al año.