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MADRID.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este miércoles que los bancos deberán devolver todo lo cobrado por las cláusulas suelo incluidas en sus contratos hipotecarios, que impidieron a los usuarios beneficiarse de la bajada de los tipos de interés.
Este ha sido uno de los últimos varapalos judiciales que han recibido las entidades financieras por estas cláusulas, cuyo historial de sentencias, reclamaciones y supresiones se remonta a mayo de 2013.
Recopilamos aquí las sentencias judiciales, así como las decisiones de los bancos sobre esta condición.
--9 DE MAYO DE 2013: El Tribunal Supremo dictamina que sólo serán válidas las cláusulas suelo que sean transparentes. El Alto tribunal llegó a esta conclusión tras estudiar un pleito contra BBVA, Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito (hoy Cajas Rurales Unidas) y Caja de Ahorros de Galicia, Vigo, Orense y Pontevedra (futura NGC Banco integrada hoy día en Abanca).
- Un mes después de la decisión judicial, BBVA, Cajamar y NGC Banco deciden suprimir sus cláusulas suelo.
- En el caso de la entidad gallega, esta medida supuso un impacto de 48 millones de euros después de impuestos en el ejercicio 2013. El banco abonó un total de 39 millones de euros a 90.000 clientes afectados por cláusulas suelo.
- Cajamar cifró el impacto de la eliminación en 50,4 millones de euros en 2013.
- BBVA calculaba que la supresión de esta condición supondría una reducción del beneficio neto de 35 millones de euros solo en el mes de junio de 2013. En meses sucesivos, el impacto dependería de la evolución el Euríbor a un año.
En noviembre, Banco Santander decidió eliminar de manera voluntaria todas las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios de algunos clientes de Banesto -filial que acababa de integrar-- con efectos desde el 1 de julio de 2013.
Tras la sentencia del Supremo, el número de reclamaciones ante el Banco de España por la inclusión de esta condición en los contratos hipotecarios se disparó, por lo que el supervisor contrató a Deloitte Abogados para que le sirviera de apoyo en la gestión de las quejas. A cierre de 2013, el número de reclamaciones había crecido un 246% respecto a 2012, fundamentalmente por el aumento de las quejas relacionadas con los esta cláusula.
--25 DE FEBRERO DE 2015: La Sala Primera del Tribunal Supremo reafirma la doctrina por la que declara la nulidad de las cláusulas suelo por falta de transparencia e insiste en que el efecto restitutorio de las cantidades ya pagadas se producirá sólo con efectos desde el 9 de mayo de 2013, por lo que descarta la posibilidad de que la banca devuelva todo lo cobrado por este concepto desde la firma del contrario hipotecario.
Noviembre de 2015: Caixabank y Bankia comunican que eliminan 230.000 cláusulas suelo. La entidad catalana suprime esta condición de 200.000 contratos hipotecarios y el banco que preside José Ignacio Goirigolzarri, de 30.000.
--28 DE OCTUBRE DE 2015: Los servicios jurídicos de la Comisión Europea remiten al Tribunal de Justicia de la UE un informe en el que sostienen que los bancos deben reintegrar en su totalidad los importes de más cobrados en contratos con cláusulas suelo. Este punto de vista iría más allá que la sentencia del Supremo, que obliga a devolver el dinero hasta el 9 de mayo de 2013.
--21 DE ENERO DE 2016: El Tribunal Supremo declara nulas por abusivas varias cláusulas incluidas en contratos de Banco Popular. Tras esta sentencia, la entidad decide retirar esta condición a 100.000 clientes que firmaron hipotecas en 1999, por lo que deja de ingresar 50 millones de euros, pero decide mantener el resto de sus cláusulas suelo. Además, opta por provisionar 350 millones de euros para hacer frente a posibles acciones judiciales futuras en este sentido.
--7 ABRIL 2016: El Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid declara la nulidad de las cláusulas suelo fijadas en las condiciones generales de las hipotecas suscritas con consumidores por "falta de transparencia" y condenado a 40 bancos y cajas a eliminar las citadas cláusulas de los contratos y a devolver lo cobrado desde mayo de 2013.
--21 DICIEMBRE 2016: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes afectados por la existencia de cláusulas suelo en sus contratos hipotecarios, al haber rechazado que se pueda aplicar una retroactividad limitada en el tiempo por ser "incompleta e insuficiente".
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