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Estas son las novedades de la declaración de la renta a tener en cuenta

La campaña comienza el próximo 3 de abril. Como nueva medida, las personas que tienen más de un pagador y no superen los 15.000 euros anuales brutos están exentas de presentar la declaración. 

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Oficina de la Agencia Tributaria durante el periodo para presentar la declaración de la renta, a 1 de junio de 2023, en Madrid. — Carlos Luján / Europa Press

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Este año la campaña de la declaración de la renta comienza el próximo miércoles 3 de abril si se opta por la vía online. De realizarse por vía telefónica el plazo se abre el 7 de mayo y se podrá pedir cita previa desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.

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En el caso de hacerla de manera presencial, la declaración se podrá presentar a partir del 3 de junio y el plazo para pedir cita previa va desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio. El 1 de abril termina el periodo para presentarla en las tres modalidades.

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Nuevos criterios para hacer la declaración

Una de las novedades del curso 2023-24 es la subida del mínimo de ingresos para hacer la declaración de la renta para aquellas personas que tienen más de un pagador y un salario anual mayor a 15.000 euros brutos, 14.000 euros antes.

Otro de los requisitos nuevos obliga a presentar la declaración de la renta –independientemente de la cantidad de ingresos obtenidos– a los autónomos, a los trabajadores del sector marítimo y a los perceptores del Ingreso Mínimo Vital, aunque no implica que tengan que tributar por estos recursos.

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También, y como de costumbre, si tienes un único pagador y has ganado más de 22.000 euros brutos anuales deberás declarar a Hacienda.  

Autónomos

Para los trabajadores por cuenta propia, los gastos de difícil justificación podrán llegar hasta el 7% del total declarado, en lugar del 5%. Además, los autónomos que se acojan al régimen de módulos podrán aplicarse una reducción adicional del 5% en el rendimiento neto, hasta alcanzar un máximo del 10%. 

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Maternidad

Otra de las novedades que se incluyen es la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, siempre y cuando se haya cotizado al menos 30 días después del nacimiento o en los días previos. Las familias también se podrán deducir hasta 1.000 euros por los gastos de guarderías en niños menores de tres años.

Reducción para las rentas bajas y aumento para las altas

Las rentas menores de 14.047,50 euros anuales tendrán una rebaja fiscal. También se verá rebajado el tramo situado entre dicha cantidad y 19.747,50 euros. De este modo, las rentas bajas pagarán menos impuestos que en años anteriores. 

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No obstante, todo lo contrario ocurre para las rentas altas. A partir de 300.000 euros anuales se aplicará un impuesto del 14% y partir de 200.000 euros se aplicará un 13,5%, cinco décimas más que antes. 

Para los residentes fuera de España, a partir de los 300.000 euros anuales se aplicará un impuesto del 28%, y para los contribuyentes que se encuentren entre 200.000 y 300.000 euros el IRPF se sitúa en el 27%, un punto más que antes. 

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Otras deducciones

Otra de las innovaciones que destacan de la nueva declaración de la renta es la deducción del 15% para aquellos que hayan comprado un vehículo eléctrico enchufable (20.000 euros como máximo a deducir) o hayan instalado un punto de carga en el lugar de su vivienda (4.000 euros como máximo). 

Por otro lado, la deducción por haber mejorado la eficiencia energética de la vivienda habitual o en alquiler es de hasta un 40% de lo invertido, siempre y cuando se reduzca en al menos un 7% la demanda de la calefacción y de la refrigeración. 

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