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Fechas para la Renta 2023: todas las novedades y plazos para presentar la declaración del IRPF

Los plazos dependerán del medio que se utilice para hace la declaración. Además, autónomos, personas con ingresos de más de 22.000 euros anuales o que tengan criptomonedas estarán obligados a hacerla.

El plazo para presentar la renta en la web de la Agencia Tributaria comenzará el próximo 3 de abril.
El plazo para presentar la renta en la web de la Agencia Tributaria comenzará el próximo 3 de abril. Carlos Luján / Archivo Europa Press

El Ministerio de Hacienda ha sacado este martes a audiencia pública el Proyecto de Orden para aprobar el modelo de declaración del IRPF para 2023, que se presentará entre el 3 de abril y el 1 de julio por vía digital. Dicho texto avanza todas las novedades fiscales a tener en cuenta en la Renta de este año.

Plazos y formas de presentación

La Agencia Tributaria ya ha compartido los plazos para la entrega de las liquidaciones. El 3 de abril de 2024 comenzará el plazo para la presentación por Internet –ya sea a través de la aplicación móvil o el programa Renta Web– de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2023, que se cerrará el próximo 1 de julio. No obstante, aquellos que prefieran hacer el trámite por vía telefónica deberán hacerlo entre el 7 de mayo y el 1 de julio. 

Si se elige la opción de hacerla presencial –la cual es la menos recomendada por la Agencia Tributaria–, se podrá presentar desde el 3 de junio hasta el 1 de julio de 2024. Para ello, se deberá acudir con cita previa –que se podrá solicitar desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio–a una de las oficinas de la Agencia Tributaria donde puedan confeccionar su declaración de Renta 2023. 

Novedades 

Para la campaña de este 2024, la personas cuyos ingresos no superen los 22.000 euros anuales no están obligados a presentar la declaración, siempre y cuando hayan tenido solo un pagador. En caso de haber tenido más de un pagador, el nuevo límite se fija en 15.000 euros –mientras que el año pasado dicho tope se fijaba en 14.000 euros o haber cobrado menos de 1.500 euros mensuales–.

Para aquellos que cuenten con criptomonedas, aunque hayan tributado en el IRPF dichas ganancias, por primera vez tendrán que presentar más información acerca de los movimientos realizados ante Hacienda. En este caso, se deberá prestar mayor atención a los plazos, ya que acaban el 31 de enero de este año si las monedas se consiguieron en España; y el 1 de abril de 2024 si las monedas están situadas en el extranjero. Toda la información sobre los modelos que se deben presentar en cada caso se puede encontrar en la web de la Agencia Tributaria. 

Además, también habrá cambios para los autónomos ya que, independientemente de sus ingresos, tendrán que presentar obligatoriamente la declaración de la Renta este 2024. En este caso, la novedad es que se elimina el requisito de tener que ingresar al menos 1.000 euros para tener que hacer este trámite.

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