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Competencia expedienta a Telefónica por imponer cláusulas de permanencia tras la compra de Digital+

La CNMC informa de que la resolución de la investigación se publicará en un plazo máximo de tres meses. 

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El logo de Telefónica, en su sede operativa en la zona norte de Madrid. REUTERS/Sergio Perez. — Sergio Perez / REUTERS

madrid, Actualizado:

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador a Telefónica por incumplir los compromisos adquiridos a la hora de comprar Digital+ (la antigua Sogecable), los cuales impedían que se impusieran cláusulas obligatorias de permanencia a los nuevos clientes derivados de la adquisición de la nueva empresa.

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Según explican desde la CNMC, las obligaciones que Telefónica adquirió durante la compra en 2015 iban destinadas a "preservar la competencia en los mercados afectados" por la adquisición que concentraba buena parte del sector de las telecomunicaciones en sus manos. 

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Telefónica debía abstenerse así de incluir obligaciones de permanencia asociadas a los servicios de televisión de manera directa o indirecta. Es decir, No podía aplicar estas cláusulas en paquetes directos de televisión o en packs vinculados a contratos de internet o telefonía en los que se incluían servicios de televisión.

Pese a ello, la compañía incluyó una permanencia de 36 meses en su producto Fusión+Smartphone, que incorporaba servicios de televisión de pago. Esta oferta daba la posibilidad a los clientes de Telefónica de adquirir un terminal smartphone en forma de alquiler, con una cuota de tres euros al mes y con la permanencia mencionada anteriormente. 

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Desde Competencia advierten de que la incoación de este expediente no cierra la investigación y recuerdan que ahora se abre un periodo de tres meses para que se dicte una resolución final.

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