Una multa económica, el dictamen de la UEFA al expediente del Barcelona
El dron con la bandera de la "Gran Albania"
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MADRID.- El pasado 30 junio adelantamos en Público el expediente extraordinario abierto por UEFA al FC Barcelona a raíz de la presencia de banderas esteladas y gritos de carácter independentista por parte de la afición azulgrana en la final de la Liga de Campeones celebrada en Berlín ante la Juventus de Turín. Expediente que debe resolverse el próximo jueves 23 de julio.
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Si bien está el punto de partida, está claro que la clave en la resolución final que debe adoptar la Comisión de Disciplina de la UEFA está precisamente en el carácter ideológico de las manifestaciones o las propias banderas exhibidas por la afición del FC Barcelona. En ningún momento se trata de una manifestación que pueda considerarse de carácter racista, xenófoba e intolerante ni tampoco debe ser sancionado como tal. Porque en ese caso no existe margen de maniobra y la UEFA es tajante en este aspecto.
El dron con la bandera de la "Gran Albania"
A la propia doctrina hasta ahora analizada de la UEFA hay que añadir otro factor que va a resultar clave en la resolución final. Se trata de la resolución adoptada la semana pasada por el TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo) sobre los incidentes acontecidos en el partido de clasificación para la Eurocopa entre Serbia- Albania celebrado el 14 de octubre del 2014. Conviene recordar que dichos incidentes se desencadenaron cuando un dron comenzó a sobrevolar el estadio del Partizan con una bandera de la denominada “Gran Albania”.