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Una multa económica, el dictamen de la UEFA al expediente del Barcelona

La exhibición de esteladas y los gritos independentistas en la final de la Champions de Berlín no suponen en ningún momento un episodio de carácter racista, motivo evidente del cierre parcial de un estadio según el artículo 14 del Código Disciplinario UEFA. Puede resultar clave la reciente resolución del TAS sobre los incidentes en el Serbia–Albania.

Aficionados con banderas esteladas en la final de Berlín.

MADRID.- El pasado 30 junio adelantamos en Público el expediente extraordinario abierto por UEFA al FC Barcelona a raíz de la presencia de banderas esteladas y gritos de carácter independentista por parte de la afición azulgrana en la final de la Liga de Campeones celebrada en Berlín ante la Juventus de Turín. Expediente que debe resolverse el próximo jueves 23 de julio.

Debemos de partir para analizar todo del artículo 16 del actual Código Disciplinario UEFA donde deja bien claro que serán "las asociaciones y los clubes los responsables de cualquier comportamiento inapropiado por parte de sus aficionados". Dentro de los cuales está incluido "el uso de gestos, palabras o cualquier otro método para transmitir cualquier mensaje que no son propios del deporte, especialmente todos aquellos de carácter político, ideológico, religioso o de naturaleza provocativa".

Si bien está el punto de partida, está claro que la clave en la resolución final que debe adoptar la Comisión de Disciplina de la UEFA está precisamente en el carácter ideológico de las manifestaciones o las propias banderas exhibidas por la afición del FC Barcelona. En ningún momento se trata de una manifestación que pueda considerarse de carácter racista, xenófoba e intolerante ni tampoco debe ser sancionado como tal. Porque en ese caso no existe margen de maniobra y la UEFA es tajante en este aspecto.

Tal y como recoge el párrafo 2 del Artículo 14 del Código Disciplinario del organismo europeo, “cualquier asociación o club involucrado en este tipo de comportamientos raciales, religiosos, étnicos, xenófobos o racistas serán castigados con un mínimo del cierre parcial del estadio” además de una multa de 50000 euros. Sólo en el caso de reiteración es cuando establece ese mismo articulado una nueva multa de 50 mil euros además del cierre total del estadio.

Precisamente este castigo, el cierre parcial del Camp Nou, es lo que solicita la instructora ucraniana Anna Bordiugiva, responsable del informe que dio pie a la apertura del expediente en contra del Barcelona. Y esto es lo que volverá a defender en la reunión prevista para la próxima semana del organismo disciplinario de UEFA.

Pero varios son los argumentos que juegan claramente a favor del Fútbol Club Barcelona y que llevan a considerar la multa económica como la sanción a lo sucedido en Berlín.
Primero, y como exponíamos anteriormente, el carácter ideológico del mensaje. Si bien ese mismo Artículo 14 recoge en su párrafo séptimo que “toda forma de propaganda ideológica, política y religiosa está prohibida” y que puede ser sancionada en los mismos términos que las manifestaciones racistas; lo cierto es que no hay precedente de UEFA de un cierre parcial por estas características.

Todos los cierres parciales ejecutados se han debido a graves incidentes de público o por manifestaciones racistas o xenófobas. El último ejemplo lo tenemos en la decisión adoptada el pasado 4 de marzo cuando UEFA decidió clausurar parcialmente el Estadio del Dinamo de Kiev por el comportamiento violento de sus aficionados en el partido disputado el 28 de febrero en casa ante el Guingamp correspondiente a la vuelta de los dieciseisavos de final de la Liga Europa. No sólo se produjo una invasión de campo, también hubo todo lanzamiento de bengalas y objetos. Además fue castigado con 70.000 euros. Incidentes que no son nada comparables a lo que se produjo en la pasada final de la Liga de Campeones. Conviene recordar también que el cierre parcial del Santiago Bernabéu se debió a un incidente de carácter racista, a una bandera con la esvástica nazi. También el Bayern sufrió un cierre parcial en el 2014 pero fue por exhibir una pancarta considerada como homófoba.

Otro ejemplo y precedente claro que juega a favor del Futbol Club Barcelona lo tenemos en la sanción de UEFA esta misma temporada contra el Bayern Leverkusen. El club alemán fue castigado con 20.000 euros después de que varios aficionados desplegasen un pancarta en el encuentro de ida de los octavos de final de la Champion ante el Atlético de Madrid y donde podía leerse “Lanzadores de botella-Asesino-Hijos de Puta-Frente”.

El dron con la bandera de la "Gran Albania"

A la propia doctrina hasta ahora analizada de la UEFA hay que añadir otro factor que va a resultar clave en la resolución final. Se trata de la resolución adoptada la semana pasada por el TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo) sobre los incidentes acontecidos en el partido de clasificación para la Eurocopa entre Serbia- Albania celebrado el 14 de octubre del 2014. Conviene recordar que dichos incidentes se desencadenaron cuando un dron comenzó a sobrevolar el estadio del Partizan con una bandera de la denominada “Gran Albania”.

Esto dio pie a una tangana que obligó al árbitro a interrumpir parcialmente el encuentro para acabar suspendiéndolo poco tiempo después. Si bien el TAS modificó parte de la resolución del TAS respecto a Albania, no alteró ni una coma la parte relativa al dron con la bandera independentista que sobrevoló el estadio. Hecho que la Comisión Disciplinaria de UEFA castigó en su día en con 100.000 euros, multa ratificada por Apelación y también ahora por el propio TAS. En ningún momento se argumenta que esto gesto deba ser sancionado con un cierre parcial para Albania.

Considerando estos dos argumentos y, pese a los deseos contrarios de la instructora, parece claro que el expediente abierto por UEFA al Barcelona va a quedar en una multa económica. Lo que resulta más complicado es poder delimitar es la cantidad. Y es aquí donde la cantidad podría elevarse dado que no es el primer caso, sino que existen precedentes de otros expedientes abiertos esta misma temporada contra el Fútbol Club Barcelona. Concretamente fue el pasado mes de marzo en el encuentro celebrado en el Camp Nou ante el Manchester City. Ese día se desplegó una pancarta en la grada donde se podía leer “Pro Atacs a l´esport catalá”. Pancarta desplegada por la Plataforma Pro Seleccions Catalanes.

Este precedente puede propiciar este aumento en la multa además de un aviso de UEFA de cierre parcial en caso que vuelva a producirse un incidente similar. A toda esta argumentación claramente partidaria a la multa económica con la que se trabaja dentro de UEFA hay que sumar las alegaciones que debe presentar el propio Fútbol Club Barcelona y cuyo plazo finaliza en los próximos días.

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