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El TSPJPV dice que no podía seguir con el juicio por el caso Batasuna sólo con la acusación popular

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha argumentado que en el procedimiento abreviado no podía abrirse el juicio oral contra el lehendakari, los dirigentes del PSE-EE y cinco representantes de la izquierda abertzale sin la acusación de la Fiscalía o de una acusación particular de una persona afectada por el supuesto delito cometido.

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En un auto dado a conocer hoy, el tribunal ha razonado el sobreseimiento de la causa abierta por las reuniones mantenidas entre el lehendakari y los dirigentes socialistas Patxi López y Rodolfo Ares con representantes de la izquierda abertzale en 2006, si bien está acompañado del voto particular del presidente de la terna de magistrados, partidario de continuar con dicho enjuiciamiento.

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La resolución recoge que la acusación popular, ejercida por el colectivo Foro Ermua y la asociación Dignidad y Justicia, no tiene la condición de "acusación legítima" para continuar con el juicio a los encausados, después de que el Ministerio Fiscal decidiera no acusar y que tampoco se personara acusación particular.

El presidente del tribunal juzgador, Manuel Díaz de Rábago, ya anunció el lunes, cuando debía haberse celebrado la segunda sesión de la vista oral y en presencia de todos los acusados, que iba a redactar su propio voto particular contrario al archivo del caso, ya que estimaba que la acusación popular era "suficiente" para ejercer la acción penal.

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En el auto se establece un plazo de cinco días para que las partes puedan presentar recurso de casación al archivo del proceso, que, según anunciaron, van a preparar Foro de Ermua y Dignidad y Justicia.

El tribunal analiza algunas de las cuestiones previas planteadas en la vista oral, pero no entra a valorar si en aquellas reuniones que mantuvieron el lehendakari y los líderes socialistas con sendas delegaciones de la izquierda abertzale encabezadas por Arnaldo Otegi se produjo un delito de desobediencia a la sentencia del Tribunal Supremo que ilegalizaba Batasuna y que le apartaba de la vida política.

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La Sala rechaza retrotraer las actuaciones hasta el 26 de julio del 2006, como pidió en la audiencia preliminar la abogada de la izquierda abertzale para que se resolviera un recurso de apelación que había interpuesto entonces, y a continuación declara el libre sobreseimiento de las actuaciones, sin entrar a estudiar el resto de asuntos previos planteados, para, finalmente, establecer las costas de oficio.

El magistrado Juan Carlos Benito-Butrón ha redactado un voto particular para argumentar de manera detallada que la acusación popular carece de "fuerza" para perseguir acciones criminales en un procedimiento abreviado y recordar como precedente jurisdiccional la inadmisión por parte del Tribunal Supremo de una querella del sindicato Manos Limpias contra el presidente del Gobierno y el Consejo de Ministros.

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En su voto discrepante, el presidente del tribunal ha rechazado que las sentencias de los casos Atutxa y Botín, citadas por las defensas, puedan ser consideradas como jurisprudencia, ya que son "contradictorias" y, por ello, ha defendido "la doctrina tradicional" a la hora de analizar la legitimidad de las acusaciones.

Según ese criterio, el libre sobreseimiento de la causa "sólo procede cuando no hay acusación, lo que no es el caso de autos, en que las asociaciones querellantes han formalizando la oportuna acusación en legítimo ejercicio de la acción popular".

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A su juicio, "no cabe formular reproche al Juez Instructor por haber acordado la apertura del juicio oral con esa única modalidad de acusación" y, además, según ha opinado, "debimos desestimar" el pasado lunes el sobreseimiento de la causa.

Las acusaciones populares pedían para los ocho acusados penas de prisión que iban desde los nueve meses hasta los cuatro años. EFE

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