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El TS anula la sanción al juez que culpó de un divorcio al "Maligno"

El magistrado aconsejó a la pareja ir a la Iglesia para reconciliarse

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El Tribunal Supremo (TS) ha anulado la multa de 600 euros que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso en 2007 a un juez de la Audiencia Provincial de Cantabria por una falta grave, al haber recomendado a un matrimonio separado acudir a la Iglesia católica para reconciliarse.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS ha admitido así en una sentencia el recurso presentado por el juez sancionado, Esteban Campelo Iglesias, al considerar que el procedimiento sancionador había caducado, ya que se han superado los seis meses de duración que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial.

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La Comisión Disciplinaria del CGPJ había acordado, el 21 de marzo de 2007, sancionar a Campelo, destinado en la Sección Tercera de la Audiencia de Cantabria, al entender que este utilizó en dos de sus sentencias expresiones que "son de todo punto innecesarias, improcedentes y extravagantes, así como manifiestamente irrespetuosas desde el punto de vista del razonamiento jurídico".

En una de esas resoluciones, el magistrado aconseja a un matrimonio separado que acuda a la Iglesia católica para reconciliarse. También atribuye la ruptura de la pareja a la existencia del "Maligno", que "se rebeló contra Dios y que se constituye en el principal enemigo del hombre"

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En esta sentencia, que tiene como fecha el 29 de noviembre de 2005, el magistrado dedica dos folios a dar consejos al matrimonio separado. También incluye citas del Génesis y relaciona a la nueva pareja del hombre con el fruto prohibido que aparece en el texto bíblico.

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