El Tribunal de la UE rechaza el uso de la marca "omega 3" de Ebro Puleva por otra láctea
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El Tribunal de Primera Instancia de la UE ha rechazado hoy la reclamación de la empresa láctea luxemburguesa Ekabe para registrar la marca "omega 3", por riesgo de confusión con los productos de la firma española Ebro Puleva, quien anteriormente usó ese término.
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Los jueces comunitarios han desestimado, en una sentencia dictada hoy, un recurso de Ekabe contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), por denegarle el registro de la marca "omega 3" para la venta de una margarina, pues implicaba peligro de confundirse con la mención "Puleva-Omega 3".
La marca que pidió la firma luxemburguesa incluye "omega 3" en verde y amarillo y, en la parte superior, un arco iris azul, amarillo y verde que desemboca en un corazón rojo situado entre la letra "o" y la letra "m" de la palabra omega.
Ebro Puleva se opuso a esa solicitud por su riesgo de confusión con la marca "Puleva-omega 3", argumento que apoyó la OAMI.
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El Tribunal de Primera Instancia confirma el dictamen de la OAMI y estima que "actuó legítimamente" por concluir que las marcas en conflicto eran similares.
La Justicia comunitaria señala que en el plano visual y fonético "omega 3" es el elemento dominante en ambos casos.
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En la sentencia, el Tribunal dictamina que los consumidores pueden pensar que los productos de Ekabe que llevaran la marca pueden proceder de la empresa Ebro Puleva y por eso concluye que "el grado de similitud" es suficiente para considerar que existe un riesgo de confusión entre los términos en conflicto.
Ekabe argumentó que el comprador español puede comparar directamente los productos designados por las marcas en conflicto.
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Sin embargo, el Tribunal ha subrayado que esto no puede evitar el peligro de confusión y de hecho, nada permite asegurar que los productos de la luxemburguesa y Ebro Puleva se vendan unos al lado de otros.