El Supremo rechaza el incidente de nulidad presentado por Sortu
Es un requisito que debían cumplir antes de poder presentar un recurso en el Tribunal Constitucional
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La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha rechazado por unanimidad el incidente de nulidad presentado por Sortu en el que solicitaba que se dejase sin efecto la resolución que decreta que la nueva formación abertzale es ilegal y que le impide presentarse a las próximas elecciones del 22-M.
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Los 16 magistrados de la sala especial, encabezados por el propio presidente del Tribunal Supremo, Carlos Dívar, tomaron esta decisión tras poco más de dos horas reunidos. Han decidido inadmitir a trámite el incidente de nulidad de Sortu por "tratarse de cuestiones que ya están resueltas en el auto" dictado el pasado 1 de abril.
La nueva formación de la izquierda abertzale presentó el incidente el jueves de la pasada semana, un requisito que debía cumplir antes de poder presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional.
Los abogados de Sortu podrán por lo tanto acudir ahora directamente al Tribunal Constitucional para presentar un recurso contra la resolución del Supremo.
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La Sala del 61 del Alto Tribunal acordaron el pasado 23 de marzo por mayoría impedir que el nuevo partido de la izquierda abertzale se inscribiese en el Retristro de Partidos Políticos. Estimaba así las demandas de ilegalización presentadas por la Fiscalía y la Abogacía del Estado.