El Supremo mantiene la anulación de la privatización de ATLL
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El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado las medidas cautelares que solicitó BTG Pactual para que no se ejecutase el dictamen del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de Catalunya (OARCC) que dejaba sin efecto la oferta de Acciona (en la que BTG Pactual es socio) en la adjudicación de la gestión de la empresa Aigües Ter-Llobregat (ATLL). En una sentencia, el TS señala que "no cabe anticipar a este incidente la solución de fondo", pero ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) de 19 de julio.
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El TSJC desestimó las cautelares argumentando que la normativa europea vela por evitar que se mantenga una decisión, por la vía de los hechos consumados, mientras se tramita un litigio "en perjuicio de los contratistas injustamente desplazados", y Agbar considera que el fallo del TS supone tener que ejecutar el dictamen del OARCC.
El TSJC todavía tiene pendiente pronunciarse sobre la validez del contrato que la Generalitat adjudicó a finales de 2012 al consorcio liderado por Acciona, y al que también optaba Agbar. Fuentes del Govern han declinado pronunciarse sobre el fallo del TS hasta que responda al recurso que presentó la propia Generalitat para pedir la suspensión cautelar de la resolución del OARCC, respuesta que se prevé en los próximos días y en la misma línea que la sentencia desestimatoria para la solicitud de BTG Pactual.
Fuentes de Agbar han argumentado que, tras llegar al Tribunal Supremo, la Generalitat "no tiene más remedio que acatar la resolución del OARCC y del TSJC, así como del Tribunal Supremo, y liquidar de forma inmediata el contrato". Añaden que, en consecuencia, "Acciona tiene que ser excluida de la gestión del contrato" y la gestión deberá ser asumida de forma transitoria por la Generalitat hasta que se realice la nueva adjudicación.
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La resolución del OARCC, del 2 de enero de 2013, suspendía la oferta de Acciona argumentando que la mesa de adjudicación dio cero puntos a Acciona en la oferta pública, lo que debería haber anulado su propuesta, ante lo que el Govern explicó que las propuestas económicas primaron por encima de las técnicas.
Según ha informado este jueves el TS, La Sala de lo Contencioso-administrativo señala que la Generalitat formalizó el contrato con Acciona sin esperar a la resolución posterior del OARCC que la dejó fuera del concurso. Recuerda que, de prosperar el recurso contencioso-administrativo, si no es posible su reposición como adjudicataria, podrá ser resarcida como sucede en otros casos. Añade que los daños económicos para los intereses públicos por los que vela la Generalitat dependerán de la suerte que haya de correr el concurso y de la adjudicación que finalmente se efectúe, por lo que "no cabe tenerlos por tan precisos y determinados como mantiene la recurrente, que los cifró en más de 1.000 millones de euros".