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Una sentencia del TSJA antepone el derecho de los usuarios

Tumba la demanda de un licenciado en Farmacia

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"[La objeción de conciencia] derivada de un juicio de carácter ético o moral no legitima para la impugnación de una norma de carácter general ya que el objetor no puede hacer prevalecer o imponer a otros sus condiciones religiosas o morales". Así de rotundo se manifiesta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en una sentencia de 2007 sobre el recurso interpuesto contra la orden de la Junta, de 2001 y aún vigente, que obliga a las farmacias a incluir y, por tanto, a dispensar la píldora poscoital y los preservativos.

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El demandante, un licenciado en Farmacia que en ese momento no era titular de ninguna oficina, solicitaba la anulación de esa orden, entre otros, por conculcar los derechos fundamentales a la vida y la integridad física recogidos en la Constitución. Sin embargo, el Alto Tribunal tumba esta alegación porque lo que se está cuestionando no es la naturaleza en sí de la sustancia, "reconocida como medicinal" y considerada como abortiva por sectores ultraconservadores, sino la obligatoriedad de su existencia en las farmacias.

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"No se puede cuestionar la naturaleza de la sustancia médica incluida por la normativa general del Estado", dice la sentencia. No obstante, el tribunal admite la objeción, pero a título individual, como autoriza el Código de Ética Farmacéutica: "La responsabilidad y libertad personal del farmacéutico le faculta para ejercer su derecho de objeción respetando la libertad y el derecho a la vida y salud del paciente".

Andalucía, en mayo de 2001, fue la primera comunidad en garantizar y facilitar el acceso a la píldora del día después de manera gratuita y sin restricciones. "Es importante incidir en que es un anticonceptivo de emergencia", insisten en la Consejería de Salud. En esta comunidad, el fármaco seguirá siendo gratuito cuando se dispense en los centros hospitalarios, como ocurre desde 2001, aunque reconocen que es más cómodo acudir a la farmacia. El boicot a vender la pastilla es poco probable a juicio del propio demandante, que alegó haberse visto "seriamente perjudicado" porque ninguna farmacia quiso contratarle por su "condición de objetor".

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